ARRIAGADA/ALFA CHILE ZONA SUR SPA
Rol
J-179-2017
Fecha
16 de agosto de 2021
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: 1°.- Que, con fecha 28 de junio de 2021, Roberto Sepúlveda Núñez, abogado, en representación de don Christian Antonio Díaz Muñoz, actual representante de la ejecutada de autos ALFACHILE ZONA SUR SpA”, solicita en lo principal, tener presente que se cambió la razón social de ALFACHILE ZONA SUR SpA a SEGURIDAD AUSTRAL SpA, pudiendo actuar bajo el nombre de fantasía AUSTRAL SpA; se modificó el domicilio de la sociedad por el de Avenida Echeñique 5827 oficina 218, comuna de La Reina, Santiago; y se efectuó una modificación en la representación de la sociedad, la que hasta la fecha de la citada escritura recaía de manera conjunta en Christian Antonio Díaz Muñoz y Sergio Eduardo Schofield Araya, sustituyéndola por una figura de administración y uso de la razón social por parte de un tercero, en calidad gerente, José Andrés Gómez Mella. Agrega que su representado desde hace bastante tiempo que no se encuentra en la situación prevista en los artículos 8 del Código de Procedimiento Civil y 49 de la Ley N°18046 – aplicable por disposición del artículo 424 del Código de Comercio - por carecer de la representación de la sociedad al revocarse sus facultades de administración y representación, las que además nunca fueron posibles de ejercer individualmente. Añade que mediante sentencia de fecha 18 de noviembre de 2020, del 10° Juzgado Civil de Santiago, en la causa Rol C-10678-2020, caratulada “ALFA CHILE ZONA SUR SPA.”, se decretó la Liquidación Forzosa de “Seguridad Austral SpA”, ex “AlfaChile Zona Sur SpA”, RUT 76.215.193-6, legalmente representada en su calidad de Gerente, por don José Andrés Gómez Mella. Indica que a partir de la referida resolución, la administración y representación judicial de ésta recae en la Liquidadora doña Ivonne del Pilar Aguad Facusse, domiciliada en Teatinos nº 449, piso 3, de la comuna y ciudad de Santiago, y ordenándose a todos los acreedores de la referida empresa que se encuentran en el territorio nacional, verificar sus créditos en e
Fundamentos
fundamentos de su solicitud acompañó los siguientes documentos: a) Copia de escritura pública de fecha 11 de abril de 2018, en la que se modificó la sociedad ejecutada en los términos señalados en lo principal de esta presentación; b) Copia de la inscripción del extracto de la escritura de fecha 16 de abril de 2018 a fojas 27868 número 14811 del Registro de Comercio de Santiago del año 2018; c) Publicación electrónica del extracto de la escritura de modificación antes citada en el Diario Oficial de fecha 18 de abril de 2018; d) Copia de la sentencia de fecha 18 de noviembre de 2020, del 10° Juzgado Civil de Santiago, dictada en la causa Rol C-10678-2020, caratulada “ALFA CHILE ZONA SUR SPA.”, se decretó la Liquidación Forzosa de “Seguridad Austral SpA”, ex “AlfaChile Zona Sur SpA”, RUT 76.215.193-6, legalmente representada en su calidad de Gerente, por don José Andrés Gómez Mella; y e) Certificado de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento _____________________________________________________________________________________________________ Avda. Libertador Bernardo O’higgins 241 piso 11 oficina 1122, Concepción Teléfonos 412697624 – 412697628- 412697629- 412697630 jcobconcepcion@pjud.cl mailto:jcobconcepcion@pjud.cl JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE CONCEPCION PODER JUDICIAL CHILE de fecha 08 de enero de 2021, agregado a los autos RIT P-601-2018 del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago con fecha 13 de enero de 2021, en la que se acredita que la sociedad ejecutada, cuya razón social actual es SEGURIDAD AUSTRAL SpA, se encuentra en liquidación concursal. Además, solicitó tener a la vista los siguientes expedientes electrónicos: RIT P-49736-2018, P-8886-2018, P-709-2018, P-601-2018 y P69641-2017, todos del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago y RIT P-6546- 2017 del Juzgado de Cobranza de Temuco. 4°.- Que, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 5 del Código Orgánico de Tribunales, es un principio del derecho laboral el debido resguardo de los intereses del trabajador, con la debida protección de sus derechos. 5°.- Que, además, debe primar la naturaleza jurídica del proceso que se solicita acumular, el cual da origen a un crédito solventado en un título ejecutivo cuyo origen es laboral. 6°.- Que, así las cosas, teniendo presente la solicitud fundamentada, siendo más favorable a los intereses de la ejecutante, corresponde acceder a lo solicitado en cuanto a la acumulación pedida, suspendiendo este procedimiento y remitir los antecedentes al 10° Juzgado Civil de Santiago. Además, se dispondrá la comunicación de esta resolución a liquidador titular provisional. 7°.- Que, en cuanto a las demás peticiones del articulista, atendido lo resuelto precedentemente, no se emitirá pronunciamiento.
Fallo
Por estas consideraciones, y visto, además, las disposiciones legales citadas, se resuelve: I.- Acumúlese el presente proceso Rit J-72-2017 de este Juzgado, a la causa Rol C-10678-2020, caratulada “ALFA CHILE ZONA SUR SPA.”, del 10° Juzgado Civil de Santiago, suspendiéndose por tanto esta ejecución, debiendo remitirse los antecedentes vía correo electrónico a dicho tribunal, ejecutoriada la presente resolución. II.- Notifíquese la presente resolución a la liquidadora titular doña Ivonne del Pilar Aguad Facusse, al correo electrónico vonneaguad.notificaciones@gespron.cl III.- A las peticiones de que en lo sucesivo no se decrete en autos ningún apremio personal u orden de arresto en contra de don Christian Antonio Díaz Muñoz, y que se le elimine del registro de esta causa, como representante de la _____________________________________________________________________________________________________ Avda. Libertador Bernardo O’higgins 241 piso 11 oficina 1122, Concepción Teléfonos 412697624 – 412697628- 412697629- 412697630 jcobconcepcion@pjud.cl mailto:jcobconcepcion@pjud.cl PDXWVXXDNB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de Abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y
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JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE CONCEPCION PODER JUDICIAL CHILE N.G.G. Concepción, dieciséis de agosto de dos mil veintiuno Téngase por evacuado el traslado conferido por resolución de 02 de julio de 2021, en rebeldía de la parte ejecutante. Resolviendo derechamente la incidencia promovida en autos: VISTO: 1°.- Que, con fecha 28 de junio de 2021, Roberto Sepúlveda Núñez, abogado, en
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