JOSE SEBASTIAN LARA GUTIERREZ CON EMBALAJES STANDARD LTDA.
Rol
Fecha
12 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA, SIN COSTAS
Hechos
VISTO: En causa laboral RIT O-221-2020 y RUC 20-4-0278683-4, del Juzgado de Letras del Trabajo de Los Ángeles, se ha dictado sentencia el 13 de junio de 2022, la cual se pronunció sobre la demanda de Despido Indebido y Cobro de Prestaciones Laborales, interpuesta por JOSE SEBASTIAN LARA GUTIERREZ en contra de EMBALAJES ESTÁNDAR LIMITADA, declarando en consecuencia: I.- Que se acoge la demanda deducida por don JOSE SEBASTIAN LARA GUTIERREZ en contra de EMBALAJES ESTÁNDAR LIMITADA, ambos ya individualizados, sólo en cuanto se declara injustificado el despido y se condena a la demandada al pago de las siguientes sumas: 1.- A la suma de $ 559.526 por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. 2.- A la suma de $2.238.104 por concepto de indemnización por años de servicios. 3.- A la suma de $ 1.119.052 por concepto de recargo de la indemnización por años de servicios conforme la letra b) del artículo 168 del Código del Trabajo. II.- Que se rechaza lo solicitado por concepto de bonos. III.-Que atento lo resuelto precedentemente no se emitirá pronunciamiento respecto de excepción de prescripción deducida respecto de los bonos devengados reclamados y correspondientes al año 2017. IV.- Que las sumas ordenadas pagar devengara intereses y se reajustarán conforme lo dispuesto en el artículo 173 del Código del Trabajo. V.- Que no se condena en costas a la demandada por tener
Fundamentos
motivos plausibles para litigar y por no haber sido totalmente vencida. En su contra la demandada interpuso recurso de nulidad laboral, enderezado en las causales que más abajo se detalla. Se procedió a la vista del recurso en la audiencia respectiva, asistiendo y alegando los abogados de ambas partes. Y CONSIDERANDO: 1º.- El recurso de la demandada se sustenta en lo dispuesto en el literal b) del artículo 478 del Código del Trabajo, esto es, en haberse pronunciado la sentencia con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba rendida en el juicio conforme a las reglas de la sana crítica. Estima el recurrente que la sentencia de autos se ha apartado de las reglas de la sana crítica establecidas en el artículo 456 del Código del Trabajo, ya que el sentenciador habría efectuado su análisis en hechos sobre los que no versa el juicio, fallando y confundiendo una demanda por despido indebido por una demanda por despido injustificado. Expone los argumentos que hizo valer en su oportunidad para efectos de contestar la demanda de despido indebido y cobro de prestaciones laborales, agregando que el despido del demandante fue ajustado a derecho, sin que se le deba ninguna indemnización legal. Refiere que fue desvinculado por un evento de acoso sexual lo cual comulga con lo dispuesto en el artículo 153 del Código del Trabajo, lo cual es de toda lógica pues además el demandante tenía más de una investigación por este tipo de conductas. Señala que, en consecuencia, la causal legal invocada para su desvinculación obedece a la del artículo 160 Nº 1 del indicado Código, la que se vincula con conductas indebidas de carácter grave, de lo que se dio cuenta en la carta de despido y exhibida ante la Inspección del Trabajo. Agrega que, sin perjuicio de lo anterior, el tribunal a quo en su sentencia acogió la demanda que se pretende invalidar, resolviendo una acción de despido indebido como una de despido injustificado, en el sentido que, en los considerandos séptimo, octavo y noveno, solo se limitó a declarar injustificado el despido por la única y exclusiva razón que la carta de despido no fue enviada al domicilio correcto del trabajador señalado en el contrato. Añade que, en consecuencia, la acción fue acogida por una cuestión de forma, y que el tribunal de primera instancia calificó un hecho que no era pertinente ni controvertido, utilizándolo como el argumento principal para dar lugar la demanda por concepto de despido indebido. Expone, además, que el demandante siempre tuvo conocimiento del hecho por el cual se le despedía, cuál era el que decía relación con el ORD Nº 601 de fecha 24 de abril de 2020 de la Inspección del Trabajo de Bio Bio, Los Ángeles y que resolvió el proceso de investigación Nº 0803/2020/19 llevado en su contra por dicha repartición a raíz de la denuncia por acoso sexual formulada por la trabajadora Sra. Soledad Reyes Carvajal. De aquí, que indique que nunca existió o quedó el actor en indefensión jurídica. C
Fallo
se declara injustificado el despido y se condena a la demandada al pago de las siguientes sumas: 1.- A la suma de $ 559.526 por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. 2.- A la suma de $2.238.104 por concepto de indemnización por años de servicios. 3.- A la suma de $ 1.119.052 por concepto de recargo de la indemnización por años de servicios conforme la letra b) del artículo 168 del Código del Trabajo. II.- Que se rechaza lo solicitado por concepto de bonos. III.-Que atento lo resuelto precedentemente no se emitirá pronunciamiento respecto de excepción de prescripción deducida respecto de los bonos devengados reclamados y correspondientes al año 2017. IV.- Que las sumas ordenadas pagar devengara intereses y se reajustarán conforme lo dispuesto en el artículo 173 del Código del Trabajo. V.- Que no se condena en costas a la demandada por tener motivos plausibles para litigar y por no haber sido totalmente vencida. En su contra la demandada interpuso recurso de nulidad laboral, enderezado en las causales que más abajo se detalla. Se procedió a la vista del recurso en la audiencia respectiva, asistiendo y alegando los abogados de ambas partes. Y CONSIDERANDO: 1º.- El recurso de la demandada se sustenta en lo dispuesto en el literal b) del artículo 478 del Código del Trabajo, esto es, en haberse pronunciado la sentencia con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba rendida en el juicio conforme a las reglas de la sana crítica. Estima
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C.A. de Concepción. Concepción, doce de diciembre de dos mil veintidós. VISTO: En causa laboral RIT O-221-2020 y RUC 20-4-0278683-4, del Juzgado de Letras del Trabajo de Los Ángeles, se ha dictado sentencia el 13 de junio de 2022, la cual se pronunció sobre la demanda de Despido Indebido y Cobro de Prestaciones Laborales, interpuesta por JOSE SEBASTIAN LARA GUTIERREZ en contra de EMBALAJES ESTÁNDA
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