SIN INFORMACION

OSTOS / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

12 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1, se interpone recurso de protección, en favor de Gabriela Antonella Ostos Chacón, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, presentada con fecha 22 de febrero de 2020. Indica que, a la fecha, aún no obtiene respuesta final al acto administrativo, estimando que se está vulnerando el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República. Solicita ordenar a la recurrida a que emita pronunciamiento sobre su solicitud de permanencia definitiva, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. A folio 5, evacua informe el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del presente recurso, por haber perdido oportunidad. Indica que la visa de permanencia definitiva fue otorgada mediante Resolución Exenta N°22484430 de fecha 21 de noviembre de 2022. A folio 6, se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho, dice relación con la omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida en el pronunciamiento de la solicitud de permanencia definitiva presentada por la parte recurrente. Segundo: Que la recurrida solicitó el rechazo de este arbitrio, puesto que la referida solicitud está en tramitación, manteniendo durante dicho periodo situación regular en el país, por lo que no existe agravio. Añade que el plazo de 6 meses contemplado en el artículo 27 de la Ley N°19.880, puede extenderse por la pandemia mundial que constituye un caso fortuito. Tercero: Que, teniendo presente lo informado por la recurrida, y especialmente, el contenido de la Resolución Exenta N°22484430 de fecha 21 de noviembre de 2022, acompañada a folio N° 5, se da cuenta que la visa de permanencia definitiva fue otorgada a la recurrente, razón por la cual esta Corte no puede disponer de medida alguna para restablecer el imperio del derecho, atendida la decisión final adoptada por el Servicio recurrido, habiendo,

Fallo

por tanto, perdido oportunidad la presente acción constitucional. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Gabriela Antonella Ostos Chacón, sólo en cuanto el Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-152609-2022. En Valparaíso, doce de diciembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso. Valparaíso, doce de diciembre de dos mil veintidós. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de protección, en favor de Gabriela Antonella Ostos Chacón, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, presentada con fecha 22 de febrero de 2020. Indic

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