ERODE CADET / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
12 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, comparece Evelin Viviana Caneo Fuenzalida, en favor de su esposo Erode Cadet, de nacionalidad haitiana, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Solicita que se ordene resolver, sin más trámite, la solicitud de permanencia definitiva, emitiendo la respectiva resolución que en derecho corresponda en el más breve plazo, con costas. Sostiene que con fecha 18 de mayo de 2018, se le estampo visa temporaria por un año. Luego con fecha 7 de marzo de 2019, solicitó la visa de residencia temporaria, informándose mediante la página que fue rechazada, sin indicar motivo y sin recibir notificación alguna. Posteriormente, con fecha 18 de noviembre de 2020, solicito la reconsideración de dicha visa. Indica que preguntó al SIAC del estado de su solicitud, recibiendo repuesta el 16 de junio de 2022, donde se le indica que fue nuevamente rechazada en mayo de 2021, notificada mediante carta certificada, que alega no recibir. Destaca que en la página aparece que el 29 de noviembre de 2020, se le otorga una segunda visa temporaria. Indica que tiene vínculo familiar con su esposa que presenta el recurso y su hijo Giovanny Renato Cadet Caneo. Argumenta que en diciembre de 2020, pagó sus derechos de arancel de residencia definitiva y actualmente su solicitud se encuentra en un 99% de avance. A folio 4, se informa en representación del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso de protección. Indica que el recurrente ingresó por primera vez al país con fecha 19 de septiembre de 2017 en calidad de turista. Luego, que con fecha 3 de mayo de 2018, el Departamento de Extranjería y Migración otorgó al recurrente por primera vez una visa de residencia temporaria, la que mantuvo su vigencia hasta el 18 de mayo de 2019. Antes de su vencimiento, con fecha 7 de marzo de 2019, el actor solicitó ante el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública el beneficio del permiso d
Fundamentos
considerando: Primero: Que el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho, dice relación con la omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida en el pronunciamiento de la solicitud de permanencia definitiva presentada por la parte recurrente. Segundo: Que la recurrida solicitó el rechazo de este arbitrio, atendido que se denegó la solicitud de visa de permanencia definitiva, resolución confirmada mediante resolución de fecha 14 de mayo de 2021, la que fue notificada con fecha 3 de julio de 2021. Tercero: Que, teniendo presente lo informado por la recurrida y el tenor del recurso de protección, se da cuenta que el recurrente tomó conocimiento del rechazo de su solicitud de permanencia definitiva al menos con fecha 1 de julio de 2020, mismo momento en que se le concedió una visa temporaria por el periodo de dos años, razón que conlleva al rechazo del presente arbitrio por resultar extemporánea. Cuarto: Que, a mayor abundamiento, se da cuenta que existe una decisión final respecto de la solicitud incoada por el recurrente, en razón de la resolución ya individualizada, que incluso le otorgó una visa de residencia temporaria aludida, lo que también implica el rechazo de la acción constitucional.
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Erode Cadet, sólo en cuanto el Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-128765-2022. En Valparaíso, doce de diciembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso. Valparaíso, doce de diciembre de dos mil veintidós. Vistos: A folio 1, comparece Evelin Viviana Caneo Fuenzalida, en favor de su esposo Erode Cadet, de nacionalidad haitiana, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Solicita que se ordene resolver, sin más trámite, la solicitud de permanencia definitiva, emitiendo la respectiva resolución
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica