LABRIN CON MUÑOZ
Rol
C-476-2010
Fecha
13 de agosto de 2021
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
visto las normas citadas; se declara: I.- Que, se rechaza la excepción de prescripción de la deuda y de la acción ejecutiva deducida por don Felipe Valdés Gabrielli, en representación de la ejecutada PLAZA DEL TREBOL SpA., por ser de aquellas inadmisibles. II.- Que, se condena en costas a la ejecutada. Notifíquese por correo electrónico a las partes. RIT: C-476-2010 RUC: 10-4-0037423-1 Proveyó el (la) Juez (a) del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Concepción a trece de agosto de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución precedente. 2021-08-13T10:47:06-0400 Firma Firma 1
Fundamentos
fundamentos de hecho y derecho que expuso. SEGUNDO: Que, evacuando el traslado conferido compareció don Osvaldo Garay Palma, solicitando el rechazo de la excepción opuesta, con condena en costas. TERCERO: Que con fecha 11 de agosto de 2021, se declaró inadmisible la excepción opuesta, citándose a las partes a oír sentencia. CUARTO: Que, el cumplimiento de las sentencias dictadas por los Juzgado de Letras con competencia en lo Laboral se rigen por las disposiciones contenidas en los artículos 465 y siguientes del Código del Trabajo, y, solo a falta de norma expresa, se aplicarán supletoriamente las disposiciones del Título XIX del Libro Primero del Código de Procedimiento Civil. QUINTO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 470 del Código del Trabajo, la parte ejecutada sólo podrá oponer, dentro del plazo de cinco días, las excepciones de pago de la deuda, remisión, novación y transacción, en tanto se apoyen en antecedentes escritos de debida consistencia, que deben acompañarse. SEXTO:
Fallo
Por lo expuesto, existiendo norma expresa sobre la materia y no siendo la excepción opuesta, precisamente de aquellas que autoriza la norma citada, esta se habrá de declarar inadmisible, rechazándose en consecuencia. En mérito de lo expuesto y visto las normas citadas; se declara: I.- Que, se rechaza la excepción de prescripción de la deuda y de la acción ejecutiva deducida por don Felipe Valdés Gabrielli, en representación de la ejecutada PLAZA DEL TREBOL SpA., por ser de aquellas inadmisibles. II.- Que, se condena en costas a la ejecutada. Notifíquese por correo electrónico a las partes. RIT: C-476-2010 RUC: 10-4-0037423-1 Proveyó el (la) Juez (a) del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Concepción a trece de agosto de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución precedente. 2021-08-13T10:47:06-0400 Firma Firma 1
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RFFXVXBKXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de Abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Is
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