MP C/ FELIPE ALBERTO CARDENAS VILLAGRA
Rol
Fecha
10 de diciembre de 2022
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, en virtud de sus propios
Fundamentos
fundamentos y conforme lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de nueve de diciembre de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Quintero, que no dio lugar a decretar la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Felipe Alberto Cárdenas Villagra. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Mera, quien estuvo por revocar la resolución en alzada y decretar la medida cautelar de prisión preventiva, por reunirse los requisitos establecidos por el legislador, sin perjuicio de la discusión que deba realizarse en su oportunidad procesal, respecto de las atenuantes o eximentes que puedan beneficiar al imputado. Dese orden de libertad en favor del imputado, si no se encontrare privado de la misma por otra causa. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. RUC 2201232665-7, RIT 1693-2022. N°Penal-2810-2022. N°Penal-2810-2022.
Texto Completo (Preview)
Jepv. C.A. de Valparaíso. bl -20205-Karmas sujetas a control.donado Calder por el jf ado en derecho corressACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a diez de diciembre de dos mil veintidós, a las 09:07 horas, ante la Tercera Sala de esta Corte de Apelaciones de Valparaíso presidida por el Ministro Titular Sr. Raúl Mera Muñoz e integrada por el Ministro Suplente Sr. Leonardo Aravena Re
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica