ALARCÓN / COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
10 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Se recurre de amparo en favor de Erick Giovanny Alarcón Carpio y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, porque ilegalmente rechazó otorgarle la libertad condicional. Solicita acoger este arbitrio, dejar sin efecto la correspondiente resolución y conceder el referido beneficio, por reunirse la totalidad de los requisitos exigidos por el ordenamiento jurídico. En el libelo se precisa que el amparado, de 32 años de edad y sin beneficios intrapenitenciarios, cumple 8 años por el delito de tráfico ilícito de drogas del artículo 3° de la Ley N° 20.000, cuyo cumplimiento lo inició el 5 de diciembre de 2016 y tiene fecha de término para el 3 de diciembre de 2024. En sus informes, la Comisión de Libertad Condicional remite los antecedentes pertinentes a la resolución impugnada, mientras que el Alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso envía los antecedentes que constan en la carpeta de postulación de la interna. Se ordenó traer los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, por la presente acción se recurre en contra de la Resolución N° 1103-2022 de 5 de octubre de 2022, mediante la cual la recurrida rechazó el beneficio de la libertad condicional al amparado. Segundo: Que la cuestión sometida a conocimiento de esta Corte consiste entonces, atendido el mérito del recurso, en determinar si la Comisión de Libertad Condicional al desestimar el beneficio de la libertad condicional ha decidido de conformidad a la ley. Tercero: Que, en tal sentido, la resolución reclamada ha sido dictada por autoridad competente, en uso de sus facultades y premunida de fundamentación suficiente, de suerte tal que no se advierte ninguna ilegalidad que permita acoger la acción de que se trata. Cuarto: Que, por otra parte, la resolución denegatoria de la Comisión de Libertad Condicional impugnada por esta vía, tampoco resulta ilegal en cuanto a su mérito, toda vez que se basa en un informe de postulación psicosocial elaborado por el equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile, del cual se desprende que el avance en el proceso de reinserción social del condenado exigido por el Decreto Ley N° 321, resulta, por ahora, insuficiente con miras a disminuir el riesgo de reincidencia y a concretar la posibilidad de reinserción social, criterios expresamente contemplados en el artículo 2°.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Erick Giovanny Alarcón Carpio, contra la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso. Se previene que el Ministro Sr. Mera concurrió al rechazo de esta acción teniendo para ello únicamente presente que la resolución reclamada ha sido dictada por autoridad competente, en el uso de sus facultades y premunida de fundamentación suficiente, de suerte tal que no se advierte ninguna ilegalidad que permita acoger la acción de que se trata; a lo que cabe agregar que esta vía cautelar no supone apelación de la decisión ya conocida por un organismo colegiado como lo es la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2440-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, diez de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS: Se recurre de amparo en favor de Erick Giovanny Alarcón Carpio y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, porque ilegalmente rechazó otorgarle la libertad condicional. Solicita acoger este arbitrio, dejar sin efecto la correspondiente resolución y conceder el referido beneficio, por reunirse la to
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