JUZGADO DE GARANTIA DE CASABLANCA

MINISTERIO PÚBLICO C/ JULIO MAURICIO DONOSO AEDO

Rol

Fecha

10 de diciembre de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, estimándose que otras medidas cautelares personales de aquellas contempladas en el artículo 155 del Código Procesal Penal son suficientes para garantizar los fines del procedimiento y conforme lo dispuesto en el artículo 149 del mismo cuerpo legal, se revoca la resolución apelada de treinta de noviembre de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Garantía de Casablanca y en su lugar se declara que se deja sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Julio Mauricio Donoso Aedo. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Alliende, quien fue del parecer de confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Dese orden de libertad inmediata al imputado, si no estuviere privado de la misma por otra causa. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. RUC 2200726091-5, RIT 349-2022. N°Penal-2804-2022.

Fallo

se declara que se deja sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Julio Mauricio Donoso Aedo. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Alliende, quien fue del parecer de confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Dese orden de libertad inmediata al imputado, si no estuviere privado de la misma por otra causa. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. RUC 2200726091-5, RIT 349-2022. N°Penal-2804-2022.

Texto Completo (Preview)

Jepv. C.A. de Valparaíso. bl -20205-Karmas sujetas a control.donado Calder por el jf ado en derecho corressACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a diez de diciembre de dos mil veintidós, a las 09:55 horas, ante la Tercera Sala de esta Corte de Apelaciones de Valparaíso presidida por el Ministro Titular Sr. Raúl Mera Muñoz e integrada por el Ministro Suplente Sr. Leonardo Aravena Re

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