SIN INFORMACION

VALENZUELA HERNÁNDEZ MARCOS/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

9 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que recurre de amparo constitucional Viviana González Trabol, defensora penal pública, en favor de Marcos Valenzuela Hernández, interno en el CCP Colina 1, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional -correspondiente al primer semestre del año 2022- sin ajustarse a la normativa regulada para el caso, lo que afecta y perturba su garantía constitucional de la libertad personal consagrada en el artículo 19 N° 7 de la Constitucional Política de la República. Expone que su representado demuestra diversos avances en su proceso de reinserción social, que se encuentra trabajando en el Centro de Estudio y Trabajo de Colina I, en el área de Panadería, y que terminó la educación media. Reprocha que la Comisión denegara la concesión del beneficio sin hacer mayor análisis del informe psicosocial. Previas citas legales, solicita que se acoja el recurso adoptando las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho y disponer que se deje sin efecto la resolución recurrida, decretando en su lugar que se concede el beneficio de libertad condicional al amparado. 2°) Que, informando don Alejandro Aguilar Brevis, Ministro Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, señaló que por resolución de 24 de octubre último se resolvió rechazar por unanimidad la concesión del beneficio pretendido. Destacó que si bien el amparado cumple con las exigencias de tener muy buena conducta y tiempo mínimo de condena, la resolución de la comisión razonó en el sentido del informe de Postulación Psicosocial acompañado por Gendarmería, que en lo pertinente avizora que el amparado tiene factores de riesgo y de reincidencia que precisamente desaconsejan dar lugar al beneficio de la libertad condicional. La resolución de rechazo señaló: “En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que se trata d

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del D.L. N° 321 de 1925, 12 del Decreto Nº 338 de 2019, del Ministerio de Justicia y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Marcos Valenzuela Hernández contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Amparo N°4440-2022.- Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por los Ministros (S) señora Lidia Poza Matus, señor Sergio Guillermo Cordova Alarcon y el Abogado Integrante señor Jorge Benitez Urrutia. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, nueve de diciembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, nueve de diciembre de dos mil veintidós. Proveyendo el escrito folio 6: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: 1°) Que recurre de amparo constitucional Viviana González Trabol, defensora penal pública, en favor de Marcos Valenzuela Hernández, interno en el CCP Colina 1, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiag

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