SIN INFORMACION

ORELLANA HINOJOSA GUILLERMO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

9 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Que, comparece Benjamin Andrés Escobar Carmona, por el condenado Guillermo Andrés Orellana Hinojosa, actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Colina I, interponiendo acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que decidió rechazar dicho beneficio al amparado. SEGUNDO: Que informa el Ministro señor Alejandro Aguilar Brevis, Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, quien señala que por resolución de fecha 24 de octubre pasado, se resolvió rechazar por unanimidad la concesión del beneficio impetrado respecto del amparado. Explica que, si bien se pudo comprobar que el postulante cumplía con los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Nº 321, la documentación otorgada por Gendarmería de Chile, daba cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejaron otorgarle el beneficio solicitado, pues “el postulante está nivelando su educación, cursando actualmente primer nivel básico en el liceo de la unidad penal, se ha desempeñado como artesano en madera y mantiene al interior del establecimiento penitenciario un comportamiento ajustado a la normativa interna y solo una falta al régimen interno, en virtud de la aplicación de diversos instrumentos -Inventario para la Gestión de Caso/Intervención, IGI; Protocolo para la Valoración del Riesgo de Violencia Sexual, RSVP; Escala de Evaluación de la Psicopatía, PCL-R; PCL-SV versión de cribado y Prueba de Detección de Consumo de Alcohol, Tabaco y Sustancias, ASSIST- su nivel de riesgo de reincidencia en violencia sexual se ubica en el rango medio, con tendencia en favor del delito y, aunque acepta la comisión del ilícito, no admite la transgresión normativa bajo el argumento de que fue un acto consentido, exhibiendo un discurso con distorsiones cognitivas que la refuerzan y una nula capacidad para identificar las motivaciones de ésta, desde que carece de mecanismos de afrontamie

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se decide que se RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de Guillermo Andrés Orellana Hinojosa en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-4461-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, nueve de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Que, comparece Benjamin Andrés Escobar Carmona, por el condenado Guillermo Andrés Orellana Hinojosa, actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Colina I, interponiendo acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que decidió rechazar dicho bene

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