GONZÁLEZ CON GONZÁLEZ
Rol
Fecha
9 de diciembre de 2022
Materia
RESTABLECIMIENTO, QUERELLA DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: 1° Que en estos autos sobre querella de restablecimiento y restitución consta que con fecha 5 de septiembre de 2022, folio 19, la parte demandante solicitó la absolución de posiciones de la parte demandada, en primera citación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 385 del Código de Procedimiento Civil. | 2° Que el tribunal en la audiencia de estilo, realizada con fecha 23 de septiembre del presente año, folio 23, dispuso acceder a dicha petición, fijando la audiencia confesional para el día 14 de septiembre de 2022 a las 09.00 horas, bajo el apercibimiento del artículo 394 del código citado. 3° Que en la audiencia realizada en la fecha antes indicada, a petición de la demandante y en rebeldía de la demandada, el tribunal hizo efectivo el apercibimiento antes referido y tuvo por confesa a la demandada respecto de los hechos afirmados en el pliego de posiciones, ordenando abrir el sobre respectivo. 4° Que según lo dispone el artículo 394 ya citado, si el litigante no comparece al segundo llamado, o si compareciendo, se niega a declarar o da respuestas evasivas, se le dará por confeso. Empero, en este caso el tribunal a quo, tuvo por confeso a los demandados no obstante tratarse de la primera citación, lo que contraviene el tenor expreso de la disposición recién citada, no existiendo para el caso del procedimiento que nos ocupa una norma de excepción, lo que justifica acoger la petición del recurrente revocando la resolución en alzada. Por lo anteriormente razonado y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de fecha catorce de septiembre de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Pichilemu, en sus autos Rol N° C- 159-2022, en cuanto hizo efectivo el apercibimiento contemplado en el artículo 394 del Código de Procedimiento Civil, y en su lugar se resuelve, a la petición formulada por la demandante en la audiencia de 14 de septiembre de 2022, no ha lug
Fallo
se resuelve, a la petición formulada por la demandante en la audiencia de 14 de septiembre de 2022, no ha lugar, solicítese lo que en derecho corresponda. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte N° 1122-2022- Civil-.
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C.A. de Rancagua Rancagua, nueve de diciembre de dos mil veintidós. Vistos: 1° Que en estos autos sobre querella de restablecimiento y restitución consta que con fecha 5 de septiembre de 2022, folio 19, la parte demandante solicitó la absolución de posiciones de la parte demandada, en primera citación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 385 del Código de Procedimiento Civil. | 2° Que
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