SIN INFORMACION

LOYOLA/FORESTAL RUANO LIMITADA

Rol

Fecha

9 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA CON COSTAS

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: Primero: Que doña Rosa Orfilia Loyola Valdés, contadora, domiciliada en calle 2 sur n° 889, depto 2-A, Edificio Convital, Talca, presentó Recurso de Protección de Garantías Constitucionales en contra de “Forestal Ruano Ltda.”, del giro de su denominación, domiciliado en “Fundo Sal Si Puedes”, antiguamente denominado “Reserva Cora Cooperativa número Siete” de la Cooperativa de Cerros Sector Sal Si Puedes, de la Colina Mariposas del Proyecto de Parcelación Mariposas, sector de Vilches Alto, s/n comuna de San Clemente, Región del Maule, representada por doña Orieta Del Pilar Urban Pagnard, desconoce profesión u oficio, con domicilio personal es Avenida Huamachuco (ruta k-115), Rancho Hickmann, kilómetro 12, S/n, comuna de San Clemente, por el acto ilegal y arbitrario de afectar su parcela ubicada en Parcelación Mariposas, parcela 341 Pte., sector Vilches Alto, comuna de San Clemente, perturbando su derecho de propiedad, al realizar construcciones sin autorizaciones de la autoridad competente, dentro de su propiedad, fraccionando su predio, afectando el derecho de propiedad y a la integridad psíquica, contenidos en los numerales 24, 3 y 1 respectivamente del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Solicitó que en definitiva se acoja en todas sus partes, paralizando las obras y procediendo a requerir a la Municipalidad de San Clemente la demolición de la o las construcciones efectuadas (camino y puente) en la Parcelación Mariposas, Vilches Alto, comuna de San Clemente, específicamente en la parcela 341 Poniente, de su propiedad, o lo que S.S.I, estime con mérito del proceso, para restablecer el imperio del derecho de mi representada, con ejemplar condenación en costas . En cuanto a los fundamentos de hecho, afirma es dueña de la parcela N° 341 Pte., de la parcelación Mariposas, sector de Vilches Alto de San Clemente, fue adquirida en 1.992, por partes iguales con don Pedro Contreras Contreras, y que con posterioridad, unificó la totalidad de los derechos en su persona, la que está inscrita a fs. 307 N°291 del Registro de Propiedad de 2.018 del Conservador de Bienes Raíces de Talca. La propiedad tiene una extensión de 17,6 hectáreas y señala sus deslindes. El 24 de junio del presente año sus hijos fueron a verificar el sector destinado para la siembra, con el objeto de buscar un mediero para la temporada, por lo que sus Hijos Claudio Andrés Fernández Loyola y Patricio Fernández Loyola constataron que la propiedad había sido afectada con la construcción de un camino que atraviesa toda la propiedad de este a oeste, de forma paralela al deslinde norte. En el camino se encontraban trabajadores que lo estaban construyendo y que señalaron que “el camino tenía dueño era de su jefa y lo tenía inscrito”, que la persona aludida era doña Orieta Urban Pagnard, y que trabajaban para “Forestal Ruano Ltda.”. La construcción del camino conllevó a que la recurrida construyera incluso un puente para cruzar el Río Lircay, como se aprecia

Fallo

Por estas consideraciones y de acuerdo, además, a lo dispuesto en los artículos 19 N° 1, 3 y 24; y, 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección, SE RECHAZA, con costas, el recurso de protección interpuesto por doña Rosa Orfilia Loyola Valdés en contra de “Sociedad Forestal Ruano Ltda.”. Redacción a cargo del ministro Carrillo González. Regístrese y archívese. Rol N° 7865-2022/Protección. Se deja constancia que no obstante haber concurrido a la vista de la causa, no firma la Ministra doña Blanca Rojas Arancibia, por hallarse con permiso del artículo 347 del Código Orgánico de Tribunales. 1

Texto Completo (Preview)

Talca, nueve de diciembre de dos mil veintidós. Visto y considerando: Primero: Que doña Rosa Orfilia Loyola Valdés, contadora, domiciliada en calle 2 sur n° 889, depto 2-A, Edificio Convital, Talca, presentó Recurso de Protección de Garantías Constitucionales en contra de “Forestal Ruano Ltda.”, del giro de su denominación, domiciliado en “Fundo Sal Si Puedes”, antiguamente denominado “Reserva Co

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