2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

GUEVARA/REALICHILE S.A. *

Rol

Fecha

9 de diciembre de 2022

Materia

DESPIDO INJUSTIFICADO

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Por sentencia de siete de agosto de dos mil veintidós, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT T-685-2021, se acogió la demanda principal de tutela, condenando al demandado al pago de la indemnización del artículo 489 inciso 3° del Código del Trabajo, indemnización sustitutiva del aviso previo, indemnización por años de servicio con el correspondiente recargo legal y feriado proporcional como indemnización compensatoria. Contra ese fallo la parte demandada principal dedujo recurso de nulidad, fundado, en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, cuando la sentencia haya sido pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba, conforme a las reglas de la sana crítica. Solicita que la Corte acoja el recurso, declare nula la sentencia recurrida y dicte sentencia de reemplazo que rechace en todas sus partes la denuncia, con costas, que se rechace el pago de las indemnizaciones y prestaciones demandadas, que no son procedentes las acciones impetradas y, que se condene en costas a la demandante. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en la audiencia del día dos de noviembre último, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, la parte denunciada opone la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, alegando que del tenor de la carta de despido, en momento alguno se ha lesionado la integridad psíquica y honra del demandante, pues los hechos descritos – necesidades de la empresa – no pueden configurar una lesión al derecho a la honra del actor, ni ha existido una divulgación de estos hechos en que se funda. Es más, expone que para se produzca la vulneración a la garantía, debe ser sustancial y limitar el ejercicio del derecho fundamental, lo que en el caso no ocurre. Su parte acreditó que el área donde trabajaba el actor en las obras de ampliación y mejoramiento del Aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez, sufrió una reestructuración a la época del término de funciones por estar en fase desmovilización del personal, la que se acreditó, respondiendo así la desvinculación a parámetros objetivos. Para que el despido haya sido vulneratorio, debió ser discriminatorio, lo que no ocurrió pues junto al actor se despidió a 78 personas, vulnerando así el

Fallo

fallo la parte demandada principal dedujo recurso de nulidad, fundado, en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, cuando la sentencia haya sido pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba, conforme a las reglas de la sana crítica. Solicita que la Corte acoja el recurso, declare nula la sentencia recurrida y dicte sentencia de reemplazo que rechace en todas sus partes la denuncia, con costas, que se rechace el pago de las indemnizaciones y prestaciones demandadas, que no son procedentes las acciones impetradas y, que se condene en costas a la demandante. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en la audiencia del día dos de noviembre último, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Considerando: Primero: Que, la parte denunciada opone la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, alegando que del tenor de la carta de despido, en momento alguno se ha lesionado la integridad psíquica y honra del demandante, pues los hechos descritos – necesidades de la empresa – no pueden configurar una lesión al derecho a la honra del actor, ni ha existido una divulgación de estos hechos en que se funda. Es más, expone que para se produzca la vulneración a la garantía, debe ser sustancial y limitar el ejercicio del derecho fundamental, lo que en el caso no ocurre. Su parte acreditó que el área donde trabajaba el actor en las obras de ampliación y mejoramiento del Aeropue

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, nueve de diciembre de dos mil veintidós. VISTO: Por sentencia de siete de agosto de dos mil veintidós, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT T-685-2021, se acogió la demanda principal de tutela, condenando al demandado al pago de la indemnización del artículo 489 inciso 3° del Código del Trabajo, indemnización sustitutiva del

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica