Juzgado de Letras de Ancud

ALGAS MARINAS S.A./INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE ANCUD

Rol

C-9-2021

Fecha

10 de agosto de 2021

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1.- Que con fecha 24 de julio de 2021, la parte ejecutada ALGAS MARINAS S.A. solicita giro de cheque a su nombre por la cantidad de $6.240.600, consignada por la misma en la cuenta corriente del Tribunal, argumentando que con fecha 19 de julio de 2021 la Tesorería General de la República compensó la suma total de $6.259.329, correspondiente a las mismas multas que se están cobrando en autos. 2.- Que con fecha 26 de julio de 2021, se confirió traslado a la ejecutante, quien nada dijo dentro de plazo legal, por lo que se tiene por evacuado el trámite en su rebeldía. 3.- Sin perjuicio de ello, se recibe vía correo electrónico oficio de la Tesorería General de la República con fecha 04 de agosto de 2021, donde informan que se han realizados dos compensaciones por concepto de multas aplicadas según resolución 8715/2020 /015-1-2 de la Dirección del Trabajo, por la suma de $3.129.660 cada una. Por estas consideraciones, se resuelve: Ha lugar a la solicitud, gírese cheque bajo apercibimiento legal, por la cantidad de $6.240.600, dejándose constancia en autos.

Fundamentos

Considerando que el tribunal, mediante decreto económico N° 56-2020 dispuso medidas especiales para la confección y día preciso de retiro de cheques, la parte que requiera la entrega material de cheque, deberá previamente coordinar su confección y día preciso de retiro, a través de los canales oficiales de comunicación, teléfono, correo electrónico o plataforma virtual de atención, a objeto de asegurar su entrega y evitar la caducidad del documento. El tribunal dispuso un turno presencial los días miércoles de 11:30 a 14:00 horas, comenzando el 6 de mayo 2020, para atender gestiones de esta naturaleza. XDXBVSRMXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de Abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl Notifíquese por correo electrónico, sin perjuicio de su notificación por estado diario. RIT: C-9-2021 RUC: 20-4-0289318-5 Proveyó doña VANIA CAROLA ANGULO TORREZ, Juez Suplente del Juzgado de Letras de Ancud. Ancud, diez de agosto de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución precedente./jmf 2021-08-10T14:19:49-0400

Fallo

Por estas consideraciones, se resuelve: Ha lugar a la solicitud, gírese cheque bajo apercibimiento legal, por la cantidad de $6.240.600, dejándose constancia en autos. Considerando que el tribunal, mediante decreto económico N° 56-2020 dispuso medidas especiales para la confección y día preciso de retiro de cheques, la parte que requiera la entrega material de cheque, deberá previamente coordinar su confección y día preciso de retiro, a través de los canales oficiales de comunicación, teléfono, correo electrónico o plataforma virtual de atención, a objeto de asegurar su entrega y evitar la caducidad del documento. El tribunal dispuso un turno presencial los días miércoles de 11:30 a 14:00 horas, comenzando el 6 de mayo 2020, para atender gestiones de esta naturaleza. XDXBVSRMXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de Abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl Notifíquese por correo electrónico, sin perjuicio de su notificación por estado diario. RIT: C-9-2021 RUC: 20-4-0289318-5 Proveyó doña VANIA CAROLA ANGULO TORREZ, Juez Suplente del Juzgado de Letras de Ancud. Ancud, diez de ag

Texto Completo (Preview)

Ancud, diez de agosto de dos mil veintiuno. A la presentación de fecha 09 de agosto de 2021: Téngase por evacuado el traslado conferido con fecha 26 de julio de 2021, en rebeldía de la ejecutante. Estese a lo que se resolverá. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1.- Que con fecha 24 de julio de 2021, la parte ejecutada ALGAS MARINAS S.A. solicita giro de cheque a su nombre por la cantidad de $6.240.600,

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