JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO

JONATAN NEIRA CHAPARRO (MARCELO PRADO SALAZAR) / JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO

Rol

Fecha

7 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando Primero: Que comparece el defensor penal privado Marcelo Prado Salazar, en representación de Jonatan Neira Chaparro, actualmente privado de libertad, para interponer recurso de hecho en contra de la resolución de 22 de noviembre pasado, dictado por el Juzgado de Garantía de San Bernardo que declaró inadmisible el recurso de apelación deducido el 21 de noviembre de 2022 en contra de la resolución dictada en audiencia de 15 de noviembre y que rechazó su solicitud de reapertura de la investigación, en causa RIT O-12.603-2019. Refiere que en dicha causa, aun cuando se cerró la investigación, existen diligencias pendientes solicitadas por su parte y además, se rechazaron o no se obtuvo respuestas de otras, por lo que solicitó la reapertura de la misma, sin embargo, su petición fue rechazada, motivo por el que interpuso recurso de apelación en contra de esa resolución, pero fue declarado inadmisible. Explica que el recurso de apelación debió ser acogido a tramitación, puesto que el silencio legal no puede ser suplido con una prohibición, además el derecho a recurrir es siempre una garantía del justiciable tratándose de amenazas o lesiones a sus derechos fundamentales. Añade que la racionalidad es un imperativo constitucional que debe orientar toda decisión jurisdiccional y que el proceso penal no puede seguir avanzando en detrimento de los derechos y garantías del imputado, alegando que se ha puesto término al procedimiento y se dio paso a un mero rito encaminado a sentenciar a una persona que está siendo impedida de cuestionar la prueba de cargo. Pide que se deje sin efecto la resolución que desestimó el recurso de apelación interpuesto el 21 de noviembre de 2022, ordenando al Juzgado de Garantía de San Bernardo que se conceda para que sea conocido por esta Corte. Segundo: Que evacúa informe la magistrada del Juzgado de Garantía de San Bernardo señora Íngrid Arévalo Sepúlveda, quien explica que en audiencia de preparación de juicio oral y de discusión de reapertura de la investigación de 15 de noviembre de 2022, se resolvió rechazar la solicitud respecto de ésta última, resolución que fue impugnada. Sin embargo, la apelación fue declarada inadmisible por no ser la resolución recurrida de aquellas a las que se refiere el artículo 370 del Código Procesal Penal, es decir, no pone termino al procedimiento, no hace imposible su prosecución, no lo suspende por más de 30 días ni la ley señala expresamente que es apelable. Tercero: Que el artículo 370 del Código Procesal Penal dispone que las resoluciones dictadas por el Juez de Garantía son apelables cuando pusieren término al procedimiento, hicieron imposible su prosecución o lo suspendieron por más de treinta días y, cuando la Ley lo señale expresamente. Cuarto: Que en estos autos el defensor penal privado apeló de la resolución que rechazó la reapertura de la investigación, siendo el cierre de ésta última una prerrogativa que ejerce en forma exclusiva al Ministerio Público y aquella que

Fallo

Por estas consideraciones, se rechaza el recurso de hecho presentado por el abogado Marcelo Prado Salazar, en representación de Jonatan Neira Chaparro, en contra la resolución dictada el veintidós de noviembre de dos mil veintidós, que declaró inadmisible la apelación interpuesta por su parte en contra de aquella dictada en audiencia de quince de noviembre pasado. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Penal-3271-2022.

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San Miguel, siete de diciembre de dos mil veintidós. Vistos y considerando Primero: Que comparece el defensor penal privado Marcelo Prado Salazar, en representación de Jonatan Neira Chaparro, actualmente privado de libertad, para interponer recurso de hecho en contra de la resolución de 22 de noviembre pasado, dictado por el Juzgado de Garantía de San Bernardo que declaró inadmisible el recurso d

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