SIN INFORMACION

TSK CHILE SPA/JUZGADO COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE SANTIAGO

Rol

Fecha

7 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que a folio 1, comparece la abogada doña María de los Ángeles Santos Conteras, en representación de la ejecutada TSK Chile SPA, en autos sobre cumplimiento laboral, RIT C-3205-2022, seguidos ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, interponiendo recurso de hecho verdadero, en contra de resolución de 25 de octubre de 2022, que declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto por su parte, en contra de resolución que rechazó una objeción de liquidación, de fecha 17 de octubre del año en curso. Refiere, a modo de contexto, que los autos principales corresponden a la etapa de cumplimiento de una demanda de despido indirecto, nulidad de despido y cobro de prestaciones, a los que su parte fue condenada solidariamente. Expone que habiéndose liquidado la deuda con fecha 11 de agosto del año en curso, su parte interpuso una objeción a la liquidación, la cual fue desestimada por el tribunal el 17 de octubre pasado. En contra de esa decisión es que interpuso recurso de apelación, el cual fue declarado inadmisible por el tribunal, citando como norma aplicable el artículo 472 del Código del Trabajo, indicando que “la resolución impugnada no pone término al juicio o hace imposible su prosecución, ni se tratada de una liquidación o reliquidación de beneficios de seguridad social o que verse sobre medidas cautelares”. Asevera no estar de acuerdo con la anterior resolución, indicando que atendido el tenor del artículo 472 en relación al 470 del Código del Trabajo, todas las resoluciones de cobranza laboral son inapelables, salvo aquellas que resuelvan la objeción de liquidación a través de la excepción de pago. Asegura que TSK efectivamente opuso aquella excepción al señalar que convalidó el despido del demandante en octubre de 2021 (siendo este el motivo de su objeción), entendiendo que se ha incurrido en un grave error al declarar inadmisible la apelación objeto de este recurso de hecho. Por estas consideracion

Fallo

Por estas consideraciones, solicita se acoja el recurso de hecho, declarando que el recurso de apelación es admisible y procedente. Segundo: Que a folio 4 consta un primer informe de la juez titular del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional, doña Yelica Montenegro Galli, indicando que efectivamente no se dio lugar a la apelación planteada en contra del rechazo a la objeción de liquidación opuesta por TSK Chile SPA. Señala que al tenor de lo dispuesto el artículo 472 del Código del Trabajo, las resoluciones que se dicten en los procedimientos regulados para el cumplimiento de las sentencias, lo que corresponde en la especie, son inapelables salvo lo contemplado en el artículo 470 del mismo cuerpo legal, y la decisión que se impugna no se pronunció́ sobre excepción opuesta alguna, no siendo efectivo lo afirmado por el recurrente en su recurso. Expone que la sentencia ordenó pagar las cotizaciones de salud en dos instituciones distintas las que van de septiembre 2019 (diferencia) y de octubre 2019 a febrero de 2020 en la Isapre Cruz Blanca y las de marzo de 2020 a septiembre de 2020 a FONASA y lo que ha hecho la parte es presentar objeción a la liquidación practicada en base a estos parámetros, lo que no es lo mismo que oponer las excepciones del artículo 470 del Código del Trabajo una vez que fue requerida de pago, de manera que la resolución que rechazó la objeción a la liquidación no es de las resoluciones susceptibles de apelación al tenor de lo dispuesto en la disp

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, siete de diciembre de dos mil veintidós. Al escrito folio 9: a todo, téngase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Que a folio 1, comparece la abogada doña María de los Ángeles Santos Conteras, en representación de la ejecutada TSK Chile SPA, en autos sobre cumplimiento laboral, RIT C-3205-2022, seguidos ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Sant

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