SIN INFORMACION

PIÑERO / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES.

Rol

Fecha

7 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Pablo Antonio Piñero Acevedo, de nacionalidad venezolana, con cédula nacional de identidad N° 26.553.441-4, domiciliado para estos efectos en pasaje Los Rieles 4510, Comuna de San Bernardo para deducir recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Eduardo Thayer Correa, ambos domiciliados en San Antonio N°580, comuna de Santiago, pues sostiene que se incurrió en una afectación ilegal y arbitraria de su derecho fundamental consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al omitir pronunciarse sobre la visa de permanencia definitiva solicitada. Explica que solicitó el permiso referido el 7 de marzo de 2022 y que a la fecha no se ha dictado el acto terminal respectivo, lo que lo mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre, vulnerándose el derecho a la igualdad ante la ley en virtud de lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en especial el principio de celeridad que debe regir en el actuar de la autoridad pública. Pide que se ordene al organismo pronunciarse a la brevedad y sin mayor dilación sobre la solicitud de residencia definitiva, otorgándola y proveyendo de todos los certificados y estampados que correspondan hasta que obtenga efectivamente su cédula de identidad. Segundo: Que informa al tenor del recurso Francisco Javier Errázuriz Quiroz, abogado del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando su rechazo y alegando la improcedencia de la condena en costas. Indica que la solicitud del actor se encuentra en etapa de Análisis I. Afirma que estando en tramitación la solicitud, el recurrente mantiene situación migratoria regular en el territorio nacional, su cédula de identidad se encuentra vigente, pudiendo hacer ingreso y egreso del país sin limitaciones y transitar libremen

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, el recurso de protección deducido por Pablo Antonio Piñero Acevedo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto, se dispone que esta repartición deberá emitir pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de noventa días corridos contados desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Nº 21.900-2022 Protección

Texto Completo (Preview)

Certifico: Que se anunció, escuchó relación y alegó por el recurso de protección el abogado don José Miguel Fraile Jara, asimismo se deja constancia que la audiencia inició a las 09:36 horas y terminó a las 09:43 horas. San Miguel, 07 de diciembre de 2022. Camila Galle Aravena. Relatora. San Miguel, siete de diciembre de dos mil veintidós. Al folio 12: A todo, téngase presente. Vistos y teniend

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