JUZGADO DE GARANTIA DE COPIAPO

MP C/ RICARDO ALEJANDRO LETELIER TAPIA

Rol

Fecha

7 de diciembre de 2022

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes, compartiéndose los

Fundamentos

fundamentos expresados por el señor Juez a quo, en cuanto a la insuficiencia –en la actual etapa de la investigación- de elementos que permitan tener por justificada la participación del imputado, por cuyo motivo que resulta proporcional, para resguardar los fines del procedimiento, la imposición de otras cautelares personales y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 149, 358 y 370 letra b) del citado cuerpo legal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada en audiencia de seis de diciembre último, por el Juez del Juzgado de Garantía de Copiapó, don Cristian Medina Kirsten, que no hizo lugar a la petición del Ministerio Público de decretar la prisión preventiva del imputado Maximiliano Alexis Ortíz Cifuentes, por peligro para la seguridad de la sociedad, CON DECLARACIÓN que, además de la prohibición de acercarse a la víctima y al sitio del suceso - medidas dispuestas por el tribunal a quo-, el referido imputado queda igualmente sujeto a la prohibición de salir del país y a la obligación de firmar mensualmente en dependencias del Ministerio Público, al tenor de lo regulado en las letras c) d) e) y g) del artículo 155 del Código Procesal Penal. Regístrese y devuélvase por la vía más expedita, a objeto que se disponga la inmediata libertad del imputado, si no estuviere privado de ella por otros motivos. N° Penal-546-2022.

Texto Completo (Preview)

Fecha: siete de diciembre de dos mil veintidós Sala: Primera Rol Corte: Penal-546-2022 Ruc N°: 2201221835-8 Rit N°: O-6887-2022 Juzgado: Garantía de Copiapó. C.A. de Copiapó Ministros: la Ministra señora Marcela Araya Novoa, el Ministro señor Pablo Bernardo Krumm De Almozara, la Minista señora Aida Ines Osses Herrera y el Ministro (S) señor Rodrigo Miguel Cid Mora Relator: ANITA ELVIRA MALUENDA HE

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica