SIN INFORMACION

CARRUCHE LOPEZ ANDRES GONZALO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

6 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Comparece don Gonzalo Tomas Reyes Alarcón, abogado, e interpone recurso de amparo en favor de don Andrés Gonzalo Carruche López, y en contra de Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago. Indica que su representado cumple condena de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo por el delito de abuso sexual impropio de acuerdo a la sentencia dictada por el 1º Juzgado de Garantía de Santiago en causa RIT 6805-2018, con fecha de inicio el 12 de octubre de 2018 y de término el 09 de abril de 2024, cumpliendo con el tiempo mínimo y manteniendo muy buena conducta desde el 12 de octubre del 2018 hasta la fecha, con bajo compromiso delictual. Da cuenta que realiza trabajos al interior del penal como artesano en alambre y bisutería, artesano en cuero, peluquería, labor que también presta en hospital penal a los internos hospitalizados y a los beneficiados con dominical y diaria a calle 15. También participa de actividades deportivas. Estima que la resolución administrativa de 26 de octubre de 2022 mediante la cual se rechaza la libertad condicional del amparado es ilegal y arbitraria. Ilegal, pues no se ha dado respeto a la normativa vigente sobre Libertad Condicional, ni a la Ley 19880. Sostiene que su representado ha dado cumplimiento a todos los requisitos que el legislador ha contemplado como necesarios para ponderar si una persona se encuentra corregida y rehabilitada para la vida en sociedad y, por lo tanto, merecedora de la libertad condicional. Solicita se disponga dejar sin efecto la resolución recurrida, de manera que se le reconozca el beneficio de libertad, ordenando seguir a su respecto el procedimiento establecido en la ley y en el reglamento para el goce del mismo. Segundo: Informó la Secretaria de la Comisión de Libertad Condicional, doña Olga Alarcón Bustamante, quien expuso que por unanimidad se rechazó la concesión del beneficio, citando la resolución impugnada la cua

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del D.L. N° 321 de 1925, 12 del Decreto Nº 338 de 2019, del Ministerio de Justicia y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Andrés Gonzalo Carruche López, y en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese, si no se apelare. N°Amparo-4326-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, seis de diciembre de dos mil veintidós. Al folio 6: Téngase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Comparece don Gonzalo Tomas Reyes Alarcón, abogado, e interpone recurso de amparo en favor de don Andrés Gonzalo Carruche López, y en contra de Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago. Indica que su representado cumple c

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