SIN INFORMACION

HERNÁNDEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

6 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Con fecha 8 de septiembre del año 2022, comparece el abogado Ernesto Manríquez Mendoza, en favor de Andrés Ricardo Hernández Astudillo, pasaporte N° 149777953, de nacionalidad venezolana, y domiciliado en calle Villa Vista Hermosa N° 362, comuna de Rengo, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado por Luis Thayer Correa, con domicilio en Matucana N° 1223, Santiago, por la omisión ilegal y arbitraria de no pronunciarse respecto de la solicitud de permanencia definitiva del recurrente. Funda su recurso, en que el recurrente el día 6 de enero de 2022, presentó una solicitud de beneficio de permanencia definitiva por el sistema informático establecido para el efecto por el Departamento de Extranjería y Migración. Sin embargo, hasta el día de hoy, ésta aún no ha sido resuelta, y su representado está impedido, por la ilegal y arbitraria ausencia de un acto administrativo de la autoridad recurrida, de usar su cédula de identidad, la que se encuentra actualmente vencida. Alega que el actuar de la recurrida infringe los principios de celeridad, de inexcusabilidad y economía procedimental, contenidos en los artículos 4º, 7º, 9º y 27º de Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, pues la actividad de la Administración no puede mantenerse infinitamente en el tiempo. Finaliza solicitando que se acoja su acción y en virtud de ello, se ordene a la recurrida que se pronuncie sobre las solicitudes de permiso de residencia definitiva, en un plazo de 5 días, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho, con condena en costas. Acompaña antecedentes en que se funda la presente acción. Se prescindió del informe solicitado a la recurrida, atendido el tiempo transcurrido. Se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 20º de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, se declara que, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido solo en favor de Andrés Ricardo Hernández Astudillo, pasaporte N° 149777953, de nacionalidad venezolana,. Regístrese, comuníquese y archívese. IC Rol 11823-2022 Protección. Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos del Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema para ser anonimizada.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, seis de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS: Con fecha 8 de septiembre del año 2022, comparece el abogado Ernesto Manríquez Mendoza, en favor de Andrés Ricardo Hernández Astudillo, pasaporte N° 149777953, de nacionalidad venezolana, y domiciliado en calle Villa Vista Hermosa N° 362, comuna de Rengo, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de

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