JUZGADO DE FAMILIA LINARES

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

5 de diciembre de 2022

Materia

ALIMENTOS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Que los antecedentes hasta ahora reunidos, se estiman insuficientes para disponer alimentos provisorios en favor del alimentario por parte de los abuelos paternos demandados, por lo que corresponde corregir lo resuelto en tal sentido por el juez de la instancia Por la anterior consideración y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley N° 19.968 y 145 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución apelada de treinta y uno de agosto del año en curso, dictada en causa R.I.T. C-696-2022 del Juzgado de Familia de Linares y, en su lugar, se resuelve, no ha lugar a fijar alimentos provisorios a cargo de los...

Fallo

se resuelve, no ha lugar a fijar alimentos provisorios a cargo de los...

Texto Completo (Preview)

Talca, cinco de diciembre de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: Que los antecedentes hasta ahora reunidos, se estiman insuficientes para disponer alimentos provisorios en favor del alimentario por parte de los abuelos paternos demandados, por lo que corresponde corregir lo resuelto en tal sentido por el juez de la instancia Por la anterior consideración y de acuerdo a lo dispuesto en lo

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