GOBERNACION PROVINCIAL DE COLCHAGUA CON ALIANZA SEGURIDAD LIMITADA
Rol
Fecha
5 de diciembre de 2022
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, Y se tiene además, presente: Que, sin perjuicio de los argumentos de la apelación y, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 8 inciso final del Decreto Ley 3.607 que establece nuevas normas sobre funcionamiento de vigilantes privados, teniendo en especial consideración los documentos acompañados a folio N°10 del expediente digital ante esta Corte, no objetados, en que el denunciado acreditó haber dado cumplimiento a las obligaciones cuya omisión motivó la denuncia; y lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la ley 18.287, que establece el procedimiento ante los Juzgados de Policía Local, se revoca la sentencia definitiva dictada con fecha veinticinco de abril de dos mil veintidós, escrita a de fojas 42 a 46, dictada por el Juzgado de Policía Local de San Fernando, en sus autos Rol N° 3290-2021y, en su lugar se decide que se absuelve a Alianza Seguridad Ltda, de los hechos denunciados. Regístrese y devuélvase. Redacción del Ministro Sr. Jorge Fernández Stevenson. Rol I. Corte N° 72-2022- Policía Local. Se deja constancia que, por no reunirse los presupuestos previstos en el Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema, la presente sentencia no debe ser anonimizada. Se deja constancia además que no firma el abogado integrante señor Alberto Veloso Abril , por no integrar el día de hoy, sin perjuicio de haber concurrido a la vista y acuerdo del mismo.
Fallo
se decide que se absuelve a Alianza Seguridad Ltda, de los hechos denunciados. Regístrese y devuélvase. Redacción del Ministro Sr. Jorge Fernández Stevenson. Rol I. Corte N° 72-2022- Policía Local. Se deja constancia que, por no reunirse los presupuestos previstos en el Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema, la presente sentencia no debe ser anonimizada. Se deja constancia además que no firma el abogado integrante señor Alberto Veloso Abril , por no integrar el día de hoy, sin perjuicio de haber concurrido a la vista y acuerdo del mismo.
Texto Completo (Preview)
Rancagua, cinco de diciembre de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, Y se tiene además, presente: Que, sin perjuicio de los argumentos de la apelación y, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 8 inciso final del Decreto Ley 3.607 que establece nuevas normas sobre funcionamiento de vigilantes privados, teniendo en especial consideración los documentos
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica