SIN INFORMACION

MICHEL / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

5 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: Primero: Que comparece el abogado Tomás Mathenson Mujica, para interponer acción constitucional de protección en nombre de Loritane Michel, de nacionalidad haitiana, ambos domiciliados en calle Club Hípico N°4676 piso 7B, comuna de Pedro Aguirre Cerda, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su director señor Luis Thayer Correa, ambos domiciliados en calle San Antonio N°580, comuna de Santiago, por haber incurrido en una omisión ilegal y arbitraria que perturba el ejercicio del derecho de la recurrente, consagrado en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental, al no pronunciarse respecto de la solicitud de obtener la permanencia definitiva. Indica que la actora solicitó la ampliación de su petición el 11 de agosto de 2020, sin embargo, no ha tenido respuesta de su petición, lo que la mantiene en total incertidumbre y, en la actualidad, no ha podido renovar cédula de identidad lo que complejiza la realización de cualquier trámite y, en caso de haber sido rechazada, no se tendría conocimiento de aquello. Refiere que el recurrido, como órgano perteneciente a la administración pública, se encuentra obligado a cumplir con los principios garantizados en el ordenamiento jurídico, especialmente, aquellos consagrados en la Ley N°19.880. Pide a esta Corte que se ordene al Servicio Nacional de Migraciones, el otorgamiento del acto terminal a la brevedad. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones, en lo pertinente a la solicitud de permanencia definitiva de la recurrente, informa a través de sus abogados que dicha petición fue realizada por la actora el 22 de junio de 2020, sin embargo, estiman que la presente acción perdió oportunidad, ya que el 4 de noviembre de 2021 se le informó a la recurrente, mediante comunicación electrónica folio N° 19941702, que su solicitud se encontraba incompleta, pues el documento acompañado como certificado de antecedentes penales de origen, no era el documento que se estaba solicitando y, además se encontraba sin la debida legalización, motivo por el que se le otorgó un plazo de 5 días para subsanar la falta o acompañar los documentos respectivos, bajo apercibimiento de tener por desistida su solicitud de permanencia definitiva. Añaden que ante a falta de subsanación, se dictó la Resolución Exenta N° 21514531 de 23 de diciembre de 2021 que declaró desistida la solicitud de permanencia definitiva presentada por la parte recurrente, según lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley N°19.880. Posteriormente, en virtud de lo alegado por la parte recurrente, en cuanto a la omisión en el informe emitido por el Servicio, de su solicitud de invalidación de las resoluciones emitidas por la autoridad migratoria ante la existencia de posibles errores lógicos, ya que el 12 de diciembre de 2021 se emitió Resolución Exenta N°21456682 en la que se comunicó a la recurrente que su petición avanzaba a la etapa de “análisis resolutivo”, se le pidió a la autoridad migratoria que ampliar

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitucióń Política de la Republica y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge el recurso de protección deducido en favor de Loritane Michel, sólo en cuanto la autoridad migratoria deberá emitir pronunciamiento respecto del reclamo de invalidación que se encuentra pendiente de resolver, dentro del plazo de treinta días corridos. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° 22513-2022 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, a cinco de diciembre de dos mil veintidós. Visto y considerando: Primero: Que comparece el abogado Tomás Mathenson Mujica, para interponer acción constitucional de protección en nombre de Loritane Michel, de nacionalidad haitiana, ambos domiciliados en calle Club Hípico N°4676 piso 7B, comuna de Pedro Aguirre Cerda, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalment

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