ASOCIACION CANAL CHACABUCO Y POLPAICO/JUNTA DE VIGILANCIA DE LA PRIMERA SECCIÓN DEL RIO ACONCAGUA
Rol
Fecha
5 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, estimando esta Corte que no se describen hechos que puedan constituir una vulneración de garantías constitucionales protegidas por esta vía, toda vez que aluden a derechos dubitados, que deben ser objeto de calificación jurídica en el procedimiento de que corresponda al alero de las acciones que establece el Código de Aguas, excediendo a la naturaleza y características de esta acción cautelar, y visto lo dispuesto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Se deja constancia que la firma de la Fiscal Judicial Sra. Nash no se registra por imposibilidad técnica, no obstante haber concurrido a la decisión contenida en la presente resolución. N°Protección-170732-2022.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Se deja constancia que la firma de la Fiscal Judicial Sra. Nash no se registra por imposibilidad técnica, no obstante haber concurrido a la decisión contenida en la presente resolución. N°Protección-170732-2022.
Texto Completo (Preview)
yrb C.A. de Valparaíso Valparaíso, cinco de diciembre de dos mil veintidós. Proveyendo a escrito Ingreso Recurso: A todo: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, estimando esta Corte que no se describen hechos que puedan constituir una vulneración de garantías constitucionales protegidas por esta vía, toda vez que aluden a derechos dubitados, que deben ser objeto de calificación jurídica en
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