INDRIAGO / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
5 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Pablo Javier Cancino Valenzuela en representación de la ciudadana venezolana Yormairy del Valle Indriago Rojas, domiciliada en Primera Avenida Nº1478, San Miguel, para recurrir de protección contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, domiciliados en San Antonio Nº580, piso 6, Santiago, pues sostiene que se incurrió en una afectación ilegal, arbitraria y lesiva de su derecho fundamental consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al omitir pronunciarse sobre su solicitud de permanencia definitiva formulada el 20 de julio de 2019, lo que trasgrede los artículos 4, 7, 8, 14, 24 y 27 de la Ley 19.880. Pide, en definitiva, que se ordene al organismo recurrido pronunciarse respecto de la solicitud de permanencia definitiva formulada, con costas Segundo: Que la recurrida informa respecto de la solicitud formulada de 20 de julio de 2019 indicando que desde el 14 de diciembre de 2021 ésta se encuentra en etapa administrativa de análisis resolutivo que consiste en a) la validación de pago de derechos, si corresponde; y b) la revisión de antecedentes aportados por instituciones externas sobre antecedentes delictuales del peticionario y emisión del acto administrativo que otorga o rechaza la permanencia definitiva, conforme lo dispuesto en la circular Nº12 del 24 de noviembre de 2021. Asegura, además, que la persona por quien se recurre se encuentra regularmente en el territorio de la República al tenor del artículo 1 Nº25 de la Ley Nº21.325, en relación con el artículo 45 del Decreto Nº296, reglamento de la ley de extranjería y sostiene que, por el estado de emergencia en que se encontraba el país a raíz de la pandemia mundial suscitada por Covid-19, se configura un caso fortuito que, al tenor de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 19.880, justifica el lapso transcurrido desde que se iniciaron los respectivos procedimientos administra
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San Miguel, cinco de diciembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Pablo Javier Cancino Valenzuela en representación de la ciudadana venezolana Yormairy del Valle Indriago Rojas, domiciliada en Primera Avenida Nº1478, San Miguel, para recurrir de protección contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, domicil
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