SIN INFORMACION

CUMARE / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES.

Rol

Fecha

5 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Pablo Peñaloza Para en representación del ciudadano colombiano Alejandro Manuel Cumare Charris, domiciliado en Balmaceda Nº1081, Talagante, para recurrir de protección contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, domiciliados en San Antonio Nº580, piso 6, Santiago, pues sostiene que se incurrió en una afectación ilegal, arbitraria y lesiva de su derecho fundamental consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al omitir pronunciarse sobre su solicitud de residencia temporaria formulada el 31 de enero de 2022, lo que trasgrede los artículos 6, 7, 8, 9, 14 y 27 de la Ley 19.880. Pide, en definitiva, que se ordene al organismo recurrido pronunciarse respecto de la solicitud de residencia temporaria formulada, con costas. Segundo: Que la recurrida informa respecto de la solicitud formulada de 30 de marzo de 2020 indicando que el 27 de septiembre de 2022 se otorgó al recurrente permiso de residencia temporal por dos años en carácter de titular. Añade que se le indicó que para materializar el beneficio debía pagar la correspondiente orden de giro asociada al derecho otorgado, pago que se realizó el pasado 20 de octubre. Indica, además, que el respectivo estampado electrónico de residencia temporal será habilitado por el Servicio en un plazo de 10 días hábiles, contados desde el pago del derecho. Concluye que la acción impetrada carece de oportunidad y eficacia ya que el Servició se pronunció sobre la solicitud de permiso de residencia del actor, por lo que pide su rechazo. Ampliando su informe la recurrida señala que el 27 de octubre pasado el recurrente activó el respectivo estampado electrónico de visa con lo que ésta ha entrado en vigencia. Tercero: Que el recurso de protección de garantías constitucionales constituye una acción constitucional de urgencia destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos constit

Texto Completo (Preview)

Certifico que alegó contra el recurso la postulante Francisca Núñez Valderrama. San Miguel, 5 de diciembre de 2022. Andrea Durán Bruce, relatora. San Miguel, cinco de diciembre de dos mil veintidós. Al escrito folio 9: A lo principal, téngase presente; Al otrosí, a sus antecedentes. Al escrito folio 10: Téngase presente. Al escrito folio 11: A lo principal, téngase presente; Al otrosí, a sus a

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