MARTINEZ/ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES MODELO S A
Rol
Fecha
5 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto y considerando. Primero: Que, comparece doña Rosaelisa Martínez Gutiérrez, cédula de identidad nacional para extranjeros N° 24.075.066-K Licenciada en Ciencias Sociales y Jurídicas, quien por sí recurre de protección en contra de AFP Modelo, por el acto arbitrario e ilegal consistente en el rechazo de la solicitud de devolución de los fondos previsionales, realizada el 25 de julio del año en curso, vulnerando con ello las garantías constitucionales del artículo 19 Nº 2 y 24 de la Constitución Política de la República. Expone que en el año 2005 se tituló de Abogado en la Universidad Católica Andrés Bello de Caracas, Venezuela, luego de haber cumplido los requisitos educativos y legales para ello, tal y como consta en el Diploma que acompaña, encontrándose además afiliada al sistema previsional chileno, específicamente a la AFP Modelo, recurrida en estos autos. Indica que con fecha 9 de abril de 2018 comenzó a trabajar en la empresa Rentokil Initial Chile SpA. RUT 76.360.903-0, en el cargo de asistente comercial para el área de Contract Manager, donde se desempeñó hasta el pasado 1 de abril, habiendo sido señalado expresamente en su contrato, la manifestación de que, sin perjuicio de cotizar en el régimen previsional chileno, al finalizar su contrato de trabajo retiraría los fondos de la AFP, en razón de lo dispuesto en la Ley N°18.156, toda vez que mantendría un seguro social de amplia cobertura en mi país de origen, Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S), al cual se encuentra adscrita desde el 26 de septiembre del 2005. Refiere que con fecha 25 de julio del presente, solicitó la devolución de sus fondos, con amparo en la Ley antes citada, toda vez que, según sostiene, cumple con los requisitos exigidos, siendo esta rechazada mediante carta de fecha 27 de julio de 2022, notificada por correo electrónico el día 28 del mismo mes, siendo invocada la causal de incumplimiento de los requisitos, ya que según la recurrida, “…no ha manifestado que se
Fallo
Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se acoge, sin costas, el recurso de protección interpuesto por doña Rosaelisa Martínez Gutiérrez, en contra de la Administradora de Fondos Previsionales (AFP) Modelo S.A. y, en consecuencia, ésta deberá hacer devolución de los fondos previsionales de la recurrente en su calidad de trabajadora extranjera, dentro de tercero día de ejecutoriada esta sentencia. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-100.988-2022. Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por la Ministra señora Paola Danai Hasbun Mancilla, el Ministro (S) señor Carlos Escobar Salazar y el Abogado Integrante señor Jorge Benitez Urrutia. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, cinco de diciembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cinco de diciembre de dos mil veintidós. Proveyendo los escritos folios 9 y 10: a todo, téngase presente. Visto y considerando. Primero: Que, comparece doña Rosaelisa Martínez Gutiérrez, cédula de identidad nacional para extranjeros N° 24.075.066-K Licenciada en Ciencias Sociales y Jurídicas, quien por sí recurre de protección en contra de AFP Modelo, por el acto arbitr
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