NORIEGA Y OTRO /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
5 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Alejandro Majoo Morgado, para interponer acción constitucional de protección en favor de los ciudadanos cubanos, doña Yadelis Noriega Chau y don Dailan García Rodríguez, médicos, domiciliados Milan N°1440, departamento 1304, comuna de San Miguel, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su director, señor Luis Eduardo Thayer Correa, ambos con domicilio San Antonio N°580, piso 3, Santiago, Región Metropolitana, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba su ejercicio del derecho de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 N° 1, 2, 9 inc. final, 16 y 24 de la Carta Fundamental consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto sus solicitudes de permanencia definitiva. Indica que sus representados son cónyuges y realizaron sus solicitudes de permanencia definitiva el 7 de abril de 2021, bajo los números de solicitud 1101|1|9 y 11010443, respectivamente, sin que hasta la fecha exista un pronunciamiento de fondo, situación que los afecta psíquicamente porque no puede ejercer los derechos fundamentales garantizados por la constitución, en efecto, refieren que se encuentran excluidos de los servicios de salud; no pueden adquirir la propiedad de bienes corporales e incorporales ni abrir cuenta bancaria ni contratar servicios domésticos, entre otros inconvenientes. Sostiene que el tiempo excesivo de tramitación de la solicitud sin dar respuesta a las solicitudes, constituye una ilegalidad ya que infringe el plazo de seis meses consagrado en el artículo 27 de la Ley N° 19.880, vulnerando la garantía fundamental de igualdad ante la ley consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, puesto que existe solicitud de otros extranjeros que si han sido resueltos en menor tiempo. Pide, que se disponga el otorgamiento de las residencias definitivas solicitadas o, en subsidio, se adopten las medidas necesarias para
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Yadelis Noriega Chau y Dailan García Rodríguez en contra del Servicio Nacional de Migraciones, y se dispone que esta repartición deberá emitir pronunciamiento definitivo sobre las solicitudes planteadas, dentro del plazo de sesenta días corridos, contados desde que la sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°23.150– 2022 Protección
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San Miguel, cinco de diciembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Alejandro Majoo Morgado, para interponer acción constitucional de protección en favor de los ciudadanos cubanos, doña Yadelis Noriega Chau y don Dailan García Rodríguez, médicos, domiciliados Milan N°1440, departamento 1304, comuna de San Miguel, en contra del Servicio Nacional de Mi
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