1º JUZGADO DE LETRAS DE TALCA

PENTA VIDA CÍA DE SEGUROS DE VIDA S.A./BARRIOS. ACUM. 103-2022/CIVIL, 295-2022/CIVIL.

Rol

Fecha

5 de diciembre de 2022

Materia

OTROS ORDINARIOS

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADAS S/COSTAS

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: Que, de los antecedentes allegados a la causa y la naturaleza de la acción deducida, resulta improcedente la medida precautoria solicitada, más aun cuando no existen presupuestos que la justifiquen, en los términos del artículo 298 Código de Procedimiento Civil, motivo por el que corresponde acoger el arbitrio impetrado. De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del citado Código, SE REVOCA la resolución apelada de 18 de mayo de 2020, dictada en causa Rol C-1416-2019 del Primer Juzgado de Letras de Talca, la que se deja sin efecto y, en su lugar, no se hace lugar a la medida precautoria solicitada, sin costas del recurso. En cuanto a la causa Rol 103-2022: VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, en lo apelado, la resolución de 27 de agosto de 2020, dictada en causa Rol C-1416-2019 del Primer Juzgado de Letras de Talca, sin costas del recurso. En cuanto a la causa Rol 295-2022: VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo únicamente presente lo resuelto en el ingreso Rol 1406-2020, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución de 27 de diciembre de 2021, dictada en causa Rol C-1416-2019 del Primer Juzgado de Letras de Talca, sin costas del recurso. Redactado por el Ministro don Moisés Muñoz Concha. Devuélvase. N°Civil-1406-2020 (acumuladas las Roles 103-2022 y 295-2022).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, cinco de diciembre de dos mil veintidós. En cuanto a la causa Rol 1406-2020: VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: Que, de los antecedentes allegados a la causa y la naturaleza de la acción deducida, resulta improcedente la medida precautoria solicitada, más aun cuando no existen presupuestos que la justifiquen, en los términos del artículo 298 Código de Procedimiento Civil, m

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica