RACHADEL / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES.
Rol
Fecha
5 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: Que, en folio 1 comparece Carla Nicole Cañon Rubio, abogado, quien recurre de protección a favor de Andre Luiz Rachadel, brasileño, con domicilio en la comuna de Quintero, Región de Valparaíso, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente ha omitido resolver su solicitud de permanencia definitiva, presentada el 4 de diciembre de 2021, lo que conculca su garantía fundamental consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Estima que esta omisión en el pronunciamiento infringe el principio de celeridad de los órganos de la administración del estado previsto en los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880, y con ello la garantía fundamental consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Solicita que esta Corte, restableciendo el imperio del derecho, ordene a la recurrida el pronunciamiento de rigor. Acompaña documentos al recurso. Que, en folio 9 evacua su informe el Servicio Nacional de Migraciones, quien solicita el rechazo de la acción cautelar. Señala que la solicitud del actor, N° 34377921 se encuentra en etapa de “Análisis II” desde el 18 de junio del presente año. Añade que contra la presentación de la solicitud, el actor obtuvo comprobante de permiso de permanencia definitiva en trámite, lo que le permite justificar su residencia regular en Chile. Además, el plazo de seis meses para concluir el procedimiento no es fatal para la Administración, y que se ha visto alterado por las restricciones aparejadas con la pandemia. Por otro lado, indica que la manera de acusar el retraso es por la figura del silencio administrativo, y que es el uso indiscriminado de este tipo de acciones judiciales, la que ha vulnerado la garantía de igualdad ante la ley, de los demás peticionarios. A folio 10 se ordenó traer los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que según lo indicado por la recurrida, el requerimiento del actor, tendiente a la obtención de permiso de residencia definitiva en Chile, se encuentra en estado de “Análisis II”, lo que implica que ha existido una dilación excesiva en su tramitación, configurando así una omisión ilegal que contraviene los principios de celeridad y conclusivo, establecidos en los artículos 7 y 27 de la Ley N° 19.880, conculcando la garantía consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República para él, razón por la cual se acogerá esta acción en los términos que se indicarán.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de protección deducido en favor de Andre Luiz Rachadel, sólo en cuanto se ordena al Servicio Nacional de Migraciones que deberá pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva efectuada por el actor, dictando al efecto la resolución que corresponda, dentro del término de sesenta días hábiles. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-134051-2022. En Valparaíso, cinco de diciembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, cinco de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS: Que, en folio 1 comparece Carla Nicole Cañon Rubio, abogado, quien recurre de protección a favor de Andre Luiz Rachadel, brasileño, con domicilio en la comuna de Quintero, Región de Valparaíso, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente ha omitido resolver su solicitud de permanenc
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