SIN INFORMACION

ARADENA/COMISIÓN MÉDICA CENTRAL DE CARABINEROS

Rol

Fecha

5 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Comparece don Bryan Ignacio Aradena Contreras, ex Cabo 2° de Carabineros, e interpone recurso de protección en contra de la Comisión Médica Central Carabineros, por el acto que estima ilegal y arbitrario, consistente en la emisión de la Resolución Exenta N° 3.544, de 11 de enero de 2022, que desestimó el recurso de invalidación parcial ejercido en contra de la Resolución Exenta N° 81, de 31 de marzo de 2021, que no obstante que declaró apta su salud, no dejó sin efectos los actos intermedios que habían declarado su incapacidad física temporal. Refiere que mediante las Resoluciones Exentas N° 677, de 2019 y N° 1.038, de 2019, de la Comisión, se propuso su retiro temporal y, que posteriormente, por Resolución Exenta N° 81, de 31 de marzo de 2021 del mismo origen, se lo declaró apto y recuperado. Sin embargo, el último de los actos administrativos mencionados dispone en la letra b) de su parte resolutiva, no dejar sin efectos las resoluciones anteriores mencionadas. Relata que, debido a ello, interpuso un recurso de invalidación parcial, en relación a este último aspecto, rechazado por Resolución Exenta N° 3.44, de 2022, fundada en que dicha decisión se ajusta a la jurisprudencia de la Contraloría de la República, que no cita. Alega que la declaración que cuestiona, mantiene dos situaciones jurídicas opuesta, estar apto y sano por un lado y, por otro, imposibilitado físicamente, sometiéndolo a incerteza jurídica e infringiendo los principios de no contradicción de los actos administrativos, de coordinación, congruencia y de confianza legítima. Agrega que la tramitación del recurso de invalidación no se ajustó al procedimiento que al efecto prevé el artículo 53 de la ley N° 19.880, pues se rechazó de plano su solicitud, sin la audiencia previa que contempla ese precepto. Manifiesta que, en consecuencia, la recurrida ha actuado de manera ilegal y arbitraria, vulnerando las garantías constitucionales contempladas en los N°s. 2 y 3 del artículo 19 de la Consti

Fundamentos

Considerando: Primero: El recurso de protección de garantías constitucionales, consagrado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción cautelar o de emergencia, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes, que en esa misma disposición se enuncian, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o moleste ese ejercicio. Segundo: El acto que se tacha de ilegal y arbitrario, está constituido por la Resolución Exenta N° 3.544, de 11 de enero de 2022, que desestimó el recurso de invalidación parcial ejercido por el afectado en contra de la Resolución Exenta N° 81, de 31 de marzo de 2021, ambas de la Comisión Médica Central de Carabineros de Chile, la que si bien declaró apta y recuperada su salud, mantuvo, en su letra b), las resoluciones intermedias que habían declarado su incapacidad física temporal. La petición del recurrente atiende, a que ordene por esta Corte, deje sin efecto la letra d) de la Resolución N° 81. Tercero: De acuerdo a los antecedentes aportados al recurso, se puede dar por establecido lo siguiente: 1.- La Comisión Médica Central, mediante sus Resoluciones N° 677 y N° 1038, del 2019, otorgo por la primera 533 días de licencia médica y, por la segunda, declaro la imposibilidad física y proposición de retiro temporal por padecer de “contusión de mano derecha” y “sinovitis de extensor meñique derecho” afección de pronóstico curable y no invalidante, que lo imposibilitaba temporalmente para el servicio en la institución. 2.- Luego, en diciembre de 2020, se solicitó por el actor una reevaluación del estado de salud. La mima Comisión, por Resolución Exenta N°81, de fecha 31 de marzo de 2021, por su letra A), declaró apta la salud del recurrente, por encontrarse apto y recuperado y, por su letra B), hace presente, que “esta declaración de aptitud no deja sin efecto las Resoluciones exentas (R) N°677, de fecha 15.04.2019, y N°1038, de fecha 28.05.2019, ambas de esta Comisión Médica Central, acorde a la jurisprudencia emanada de la Contraloría General de la Republica”. 3.- El recurrente, interpuso recurso de invalidación parcial en contra de la letra B) de lo resuelto en la Resolución Exenta N°81, del 2021. 4.- Mediante Resolución Exenta N°3544, de fecha 11 de enero de 2022, la Comisión Medica Central, desestima el recurso de invalidación parcial, alegando ajustarse a jurisprudencia. Cuarto: La discusión versa sobre la ilegalidad de la letra B), de la Resolución Exenta N°81, del 2021, de la CMC, que mantiene, según se expresa, en la vida del derecho situaciones jurídicas opuestas, al mantener sobre el recurrente, efectos contradictorios, estar apto y sano, y a la vez, no deja sin efectos actos intermedios, manteniendo también, estar imposibilitado físicamente, lo que ya no existe. Quinto: De lo narrado por las partes y documentación acompañada, no se advierte la ilegalidad aleg

Fallo

Por estas consideraciones, y lo establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y del Auto Acordado que regula la materia, se declara que se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por de don Bryan Ignacio Aradena Contreras en contra de la Comisión Médica Central Carabineros Regístrese, comuníquese y archívese. Redactó la Ministro señora Elsa Barrientos Guerrero. N°Protección-747-2022. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Jorge Zepeda Arancibia e integrada por la Ministra señora Elsa Barrientos Guerrero y por el Abogado Integrante señor Jorge Balmaceda Hoyos. No firman la Ministra señora Barrientos ni el Abogado señor Balmaceda por encontrarse ausentes.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cinco de diciembre de dos mil veintidós. Vistos: Comparece don Bryan Ignacio Aradena Contreras, ex Cabo 2° de Carabineros, e interpone recurso de protección en contra de la Comisión Médica Central Carabineros, por el acto que estima ilegal y arbitrario, consistente en la emisión de la Resolución Exenta N° 3.544, de 11 de enero de 2022, que desestimó el recurso de invali

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