11º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

CONSTRUCTORA ÁRIDOS TENO S.A./FINNING CHILE S.A. ( CASACIÓN Y APELACIÓN ) LTE

Rol

Fecha

2 de diciembre de 2022

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT

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Hechos

Visto: En esta causa seguida ante el Undécimo Juzgado Civil de Santiago, por sentencia de dieciocho de octubre de dos mil diecinueve, en juicio de indemnización de perjuicios, se acogió parcialmente la demanda interpuesta por Constructora Áridos Teno S.A. en contra de Finning Chile S.A. En contra de dicho fallo la parte demandada dedujo recursos de casación y apelación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: I.- en cuánto al recurso de casación en la forma Primero: Que, la recurrente impugna el

Fallo

fallo la parte demandada dedujo recursos de casación y apelación. Con lo relacionado y considerando: I.- en cuánto al recurso de casación en la forma Primero: Que, la recurrente impugna el fallo de primer grado argumentando que es nulo por haber incurrido en el vicio formal previsto en el artículo 768 N° 5° del Código de Procedimiento Civil con relación al artículo 170 N° 4° del mismo código de forma, al no contener todas las consideraciones de hecho y de derecho con arreglo a los cuáles se dictó la sentencia. Segundo: Que, conforme al recurso interpuesto el considerando cuarto de la sentencia impugnada prescindió analizar el contrato de leasing celebrado entre la empresa Caterpillar Leasing Chile S.A. y Constructora Áridos Teno S.A. de fecha 11 de noviembre de 2016; en circunstancias de que en la interlocutoria de prueba el tribunal estableció como hecho sustancial, pertinente y controvertido, entre otros, el siguiente: “regulación, requisitos y vigencia pactada en el contrato de leasing suscrito entre la sociedad demandante y Caterpillar Leasing Chile S.A. respecto de la reparación, garantía del bien individualizado en el punto primero”. Tercero: Que, así las cosas, el arbitrio intentado reprocha una vulneración al principio de congruencia que debe existir entre la sentencia y los hechos que han sido sometidos a valoración y fallo, de modo que al no haber analizado dicho medio prueba, la sentencia habría incurrido en el vicio denunciado. Cuarto: Que, contrariamente a lo

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Santiago, dos de diciembre de dos mil veintidós. Visto: En esta causa seguida ante el Undécimo Juzgado Civil de Santiago, por sentencia de dieciocho de octubre de dos mil diecinueve, en juicio de indemnización de perjuicios, se acogió parcialmente la demanda interpuesta por Constructora Áridos Teno S.A. en contra de Finning Chile S.A. En contra de dicho fallo la parte demandada dedujo recursos d

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