SIN INFORMACION

LA CRUZ / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES.

Rol

Fecha

2 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Claudio Quiroga Hinojosa, para interponer acción constitucional de protección en favor del ciudadano venezolano Richard Antonio La Cruz Lugo, recepcionista, ambos con domicilio de Carlos Walker N°6100, oficina 71 F, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por Luis Thayer Correa, ambos domiciliados en calle San Antonio N°580, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba su ejercicio del derecho de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto de su solicitud de permanencia definitiva. Indica que el 26 de noviembre de 2020 solicitó el beneficio migratorio de permanencia definitiva sin que hasta la fecha de interposición de este recurso –el 6 de octubre del año en curso– exista pronunciamiento de fondo por parte de la autoridad recurrida. Añade que, al no resolverse dicha solicitud, la omisión administrativa cometida atenta contra los artículos 4, 7, 8, 14 y 27 de la Ley 19.880 sobre Bases del Procedimiento Administrativo y, por ende, es una omisión ilegal y, que al no existir justificación legal o reglamentaria alguna para la demora existente, se han establecido arbitrariamente por la autoridad dos categorías de extranjeros, aquellos cuya resolución de visa ocurre dentro de un plazo razonable y aquellos que no. Finalmente refiere que en tanto no se resuelva su solicitud de permanencia definitiva, se ve impedida de renovar su cédula de identidad, solicitar créditos en instituciones bancarias, celebrar contratos de arrendamiento, acceder a un crédito hipotecarios, entre otros trámites ante organismos públicos y privados. Pide, acoger el recurso de protección y ordenar al Servicio Nacional de Migraciones que emita el pronunciamiento que en derecho corresponda respecto de la solicitud de r

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Richard Antonio La Cruz Lugo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto se dispone que esta repartición deberá emitir pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de sesenta días corridos, contados desde que la sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°22.372-2022 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, dos de diciembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Claudio Quiroga Hinojosa, para interponer acción constitucional de protección en favor del ciudadano venezolano Richard Antonio La Cruz Lugo, recepcionista, ambos con domicilio de Carlos Walker N°6100, oficina 71 F, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, en contra del Servicio Nac

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