PALMIRA SOLEDAD BARRERA PINCHEIRA/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
2 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 24 de noviembre 2022 comparece el abogado Marcos Valdés Macuada, en favor de Palmira Soledad Barrera Pincheira, para interponer recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que rechazó el 18 de octubre pasado su postulación al beneficio de libertad condicional, afectando su libertad personal. Sostiene que la recurrente fue condenada a cumplir la pena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, como autora del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes, encontrándose privada de libertad desde el 20 de junio de 2019. Afirma que la resolución impugnada reprocha la falta de participación en el taller de pares, sin embargo, indica que cuenta con calificación de conducta, talleres realizados y educación necesarias para la postulación al beneficio citado, precisando que la recurrente efectuó curso de banquetería impartido por SENCE, de 254 horas de duración, el que culminó el 30 de junio de 2022; además realizó curso de preparaciones gastronómicas en banquetería, impartido por INFOCAP, el que finalizó el 3 de junio de 2022 y; además en el año 2021 cursó 5 y 6 básico en el Liceo Santa María Eufrasia. Señala que la resolución que rechaza el beneficio vulnera su libertad personal, constituyendo un acto ilegal y arbitrario porque estima cumplir con los requisitos requeridos para que se le conceda el citado beneficio. Pide se deje sin efecto la resolución de la Comisión de Libertad Condicional y se otorgue el beneficio de la libertad condicional a su representada. Segundo: Que informa al tenor del recurso doña Celia Catalán Romero, Ministra Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, indicando que, previa relación y análisis de los antecedentes, la comisión rechazó la solicitud de libertad condicional del interno, señalando lo siguiente: “Analizados y ponderados los antecedentes que constan en la carpeta remitida por Gendarmería de Chile, se concluye que la interna, si bien tie
Fallo
fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de Palmira Soledad Barrera Pincheira. Acordada con el voto en contra de la ministra Pizarro, quien estuvo por hacer lugar a la acción de amparo ejercida a favor de Palmira Barrera Pincheira, teniendo en consideración para ello que el informe psicosocial de Gendarmería de Chile, elaborado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto Ley 321, da cuenta de su bajo compromiso delictual, lo mismo que también califica como bajo su nivel de riesgo de reincidencia, y contiene un análisis profesional que da cuenta de avances de la amparada en su proceso de reinserción social sostenidos en el tiempo, toda vez que, por una parte, ha iniciado la regularización de sus estudios básicos; ha aprobado talleres de capacitación, se encuentra a la espera de una propuesta laboral; goza de un beneficio intrapenitenciario; tiene un plan vital viable a emprender en el medio libre y una red familiar de apoyo que se califica como idónea para proporcionarle respaldo normativo, económico y emocional en un contexto de cumplimiento de la condena en libertad; y; y de otro lado, el informe señala que la interna en mención asume su responsabilidad por vincularse con pares criminógenos, reconoce en ello un factor de riesgo del actuar ilícito, y muestra disposición al cambio; conformándose con todo ello un conjunto de factores que en la actualidad –a juicio de quien disiente- permiten observar que cubre los parám
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CERTIFICO: Que se anunció, escuchó relación y alegó por el recurso el abogado señor Ronny Bórquez. San Miguel, 2 de diciembre de 2022. Florencia Sáez Bugmann, Relatora. (Hora de inicio 10:23 am. - hora de término 10:38 am). San Miguel, dos de diciembre de dos mil veintidós. Proveyendo escrito folio 10: A todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 24 de noviembre 2022 co
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