CHERISIER / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
2 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 4 de octubre de 2022, comparece la abogada Nicole Alejandra Torres Opazo, para interponer acción constitucional de protección en favor de Fednel Cherisier, haitiano, ambos domiciliados en calle Álvarez de Toledo N°880, comuna de San Miguel, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su director Luis Eduardo Thayer Correa, ambos domiciliados en calle San Antonio N°580, comuna de Santiago, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba su ejercicio del derecho de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental, consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto su solicitud de permanencia definitiva. Indica que el recurrente solicitó el beneficio migratorio de permanencia definitiva hace un año y dos meses, sin que hasta la fecha exista pronunciamiento de parte de la autoridad recurrida, manteniéndolo en un estado constante de preocupación e incertidumbre. Señala que el tiempo excesivo de tramitación de la solicitud sin dar respuesta alguna, constituye una ilegalidad, ya que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N°19.880 en los que se consagra el principio de celeridad y el impulso de oficio de la autoridad, vulnerando la garantía fundamental de igualdad ante la ley consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pide que se ordene a la recurrida pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva, adoptando las medidas que sean necesarias para reestablecer el imperio del derecho. Segundo: Que evacuan el informe respectivo la abogada del Servicio Nacional de Migraciones Antonio Henríquez Beltrán y Stephanie Pinto González, solicitando el rechazo de la acción constitucional. Sostienen que la petición de permanencia definitiva del recurrente fue presentada el 26 de agosto de 2021 y, que el 8 de enero de 2022, se dictó Resolución Exenta N°22043281, que comunicó que la peti
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Fednel Cherisier, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto se dispone que la autoridad recurrida deberá resolver la solicitud materia de estos autos en el plazo de sesenta días corridos, una vez que esta sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese. N°22.097-2022 Protección
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San Miguel, dos de diciembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 4 de octubre de 2022, comparece la abogada Nicole Alejandra Torres Opazo, para interponer acción constitucional de protección en favor de Fednel Cherisier, haitiano, ambos domiciliados en calle Álvarez de Toledo N°880, comuna de San Miguel, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado le
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