/VALLEJO
Rol
Fecha
6 de diciembre de 2022
Materia
LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA EMPRESA DEUDORA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N°20.720, en la materia de que se trata el recurso de apelación procede sólo contra las resoluciones que dicha ley expresamente señala, lo que en la especie no ocurre, sin perjuicio de la remisión que el artículo 116 realiza al artículo 129, desde que este último concede el recurso de apelación contra la resolución que dispone la liquidación. Por estas consideraciones y normas legales citadas, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte solicitante con fecha veintiuno de octubre pasado, en contra de la resolución dictada con fecha dieciocho de octubre de dos mil veintidós. Comuníquese. N°Civil-16957-2022.
Fallo
Por estas consideraciones y normas legales citadas, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte solicitante con fecha veintiuno de octubre pasado, en contra de la resolución dictada con fecha dieciocho de octubre de dos mil veintidós. Comuníquese. N°Civil-16957-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (imm) Santiago, seis de diciembre de dos mil veintidós. A los folios 4 y 5: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N°20.720, en la materia de que se trata el recurso de apelación procede sólo contra las resoluciones que dicha ley expresamente señala, lo que en la especie no ocurre, sin perjuicio de
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