SIN INFORMACION

MIGUEL ADOLFO CHILCUMPA GONZÁLEZ/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (2º SEMESTRE DE 2022)

Rol

Fecha

2 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que comparece la abogada PAOLA VEGA BOLADOS, en favor de MIGUEL ADOLFO CHILCUMPA GONZÁLEZ e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones de La Serena, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en la dictación de la resolución Nº 508-2022 de fecha 06 de octubre de 2022, la que negó el beneficio de la libertad condicional a su representado, lo que compromete las garantías de libertad personal y seguridad individual, consagradas en el numeral 7° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, solicitando que esta Corte acoja el recurso y concediendo el beneficio de Libertad Condicional, le otorgue su inmediata libertad. Precisa que su representado inició condena el 14 de febrero de 2006 proyectándose el término de la misma para el 06 de octubre de 2028, y que el tiempo mínimo para postular a la Libertad Condicional de se cumplió el 09 de febrero de 2021, contando con un abono de 122 días. Como antecedentes fundantes señala que el amparado cumple con el tiempo mínimo de condena y su conducta ha sido calificada como muy buena en los últimos cuatro bimestres. Alega que la comisión rechazó su postulación esgrimiendo que no cumple los requisitos para un cumplimiento en libertad haciendo suyos los reparos sobre el riesgo de reincidencia y otros factores negativos del Informe de postulación psicosocial de Gendarmería de Chile. Arguye que la comisión yerra al considerar que el amparado no cumple los requisitos necesarios para un cumplimiento en libertad, pues este sí presenta avances en su proceso de reinserción social, de los cuales da cuenta el informe psicológico del perito Rodrigo Frías Barías, que refiere, sobre la situación del interno que “A partir de las observaciones realizadas y de los resultados obtenidos de las distintas pruebas aplicadas podemos concluir lo siguiente: Miguel Adolfo Chilcumpa González de 35 años se mostró comunicativo y cordial con el examinador. Al examen mental impresiona con una capacidad intelectual normal promedio y esperaba para su edad. Se observa lúcido, orientado espacial y temporalmente y conectado con la realidad pudiendo descartarse la presencia de disposiciones psicóticas o limítrofes de la personalidad. A lo largo de la entrevista se logra advertir en él examinado adecuados recursos psicológicos y emocionales. Tiende a mostrarse como un sujeto bien articulado con el entorno, proactivo, sociable y capaz de implicarse en actividades de desarrollo personal evidenciando flexibilidad y apertura a la experiencia. Se observa a su vez, con un fuerte arraigo familiar. Tiende a identificarse positivamente con su rol de padre e implicarse en su relación afectiva. Su pareja se ha constituido como una figura clave a lo largo de su reclusión entregándole a éste un constante apoyo emocional manteniéndolo cerca de sus hijos y reforzando positivamente sus logros. Dicha figura durante la entrevista señala

Fallo

por tanto acto ilegal o arbitrario, no cabe a esta Corte más que rechazar el arbitrio deducido, por no mediar actuación que importe la privación, perturbación ni amenaza de los derechos fundamentales protegidos por esta vía. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo interpuesto por doña PAOLA VEGA BOLADOS, en favor de MIGUEL ADOLFO CHILCUMPA GONZÁLEZ, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 483-2022 (Amparo).

Texto Completo (Preview)

Chilcumpa González, Miguel Adolfo Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol Nº483-2022.- La Serena, dos de diciembre de dos mil veintidós. Visto y considerando: PRIMERO: Que comparece la abogada PAOLA VEGA BOLADOS, en favor de MIGUEL ADOLFO CHILCUMPA GONZÁLEZ e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones de L

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