SIN INFORMACION

SANFUENTES/CUERPO BOMBEROS DE PENCO

Rol

Fecha

2 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDO SIN COSTAS

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: En estos autos Rol Corte 56041-2022 comparece deduciendo recurso de protección el abogado Benjamín Fuentes Germany, cédula nacional de identidad N°15.855.199-3, domiciliado en calle San Martín N° 988, oficina E, en Concepción, en favor de Luis Hazael Sanfuentes Escobar, cédula nacional de identidad N°16.763.362-5, de su mismo domicilio para estos efectos, que ejerció el cargo de Tesorero General de Cuerpo de Bomberos de Penco. Dirige el recurso en contra del Cuerpo de Bomberos de Penco, representado legalmente por su Superintendente César Jara Torres o por quien lo subrogue o reemplace, domiciliados ambos en calle Freire N°202, comuna de Penco. El acto que denuncia ilegal y arbitrario es la decisión adoptada por el Consejo Superior de Disciplina del Cuerpo de Bomberos de Penco en sesión ordinaria celebrada el 9 de mayo de 2022, que consta en resolución de 10 de junio de 2022, de aplicar al actor la medida disciplinaria de expulsión de la institución, imputándole no cautelar los recursos del Cuerpo de Bomberos, compra irregular de un notebook sin autorización y por enviar correspondencia al Directorio General argumentando vicios e irregularidad del Consejo Superior de Disciplina. Explica que el recurrente ingresó como voluntario a la Institución el 10 de junio de 2010. Desde el 2 de abril de 2021 ocupa el cargo de Tesorero General del Cuerpo de Bomberos de Penco, cargo al que renunció el 4 de agosto de 2021 por

Fundamentos

motivos personales. Tan pronto asumió el cargo de Tesorero, solicitaron al Banco Estado en donde tiene cuenta bancaria la institución, realizar el cambio de firma para que Sanfuentes pudiese firmar los cheques del cuerpo de Bomberos de Penco, cambio que se concretó el 25 de junio de 2021. Durante los cuatro meses que ejerció como Tesorero, desempeñó sus labores de forma íntegra y ejemplar. El 19 de octubre 2021 le llegó una notificación del Vicesuperintendente de aquella época, don César Jara Torres, que por oficio N° 270 le avisa que pasó a estar a disposición del Consejo Superior de Disciplina, pero sin explicarle el motivo. Ante la incertidumbre del requerimiento, por cartas dirigidas al Vicesuperintendente y también al Director de la Primera Compañía de Bomberos de Penco pidió mayores antecedentes sin recibir respuesta. Por oficio 020/2022, de 26 de marzo de 2022, fue citado a comparecer el 1 de abril de 2022 ante el Consejo de Superior de Disciplina, a la que concurrió sin conocer realmente las acusaciones. Había en la reunión tres miembros del Cuerpo: Rodrigo González Díaz, voluntario honorario de la 2º Compañía de Bomberos de Penco, que actuaba como Presidente del Consejo Disciplinario. Este voluntario no cumple con lo exigido por el reglamento vigente para ser consejero superior de disciplina y su nombramiento no es válido por no ser miembro honorario del directorio del Cuerpo de Bomberos como lo indica el artículo 25 de los Estatutos del Cuerpo de Bomberos de Penco. También estaban los voluntarios honorarios Desiderio Fuentes Contreras y Jorge González Rocha, que al recurrente no le consta cuándo ni cómo fueron nombrados como integrantes del honorable Directorio General. Según el artículo 25 de los Estatutos del Cuerpo de Bomberos de Penco, este Consejo debía estar integrado también por el señor Superintendente y por el señor Secretario, pero no estaban en la sesión mencionada. Explica que según el artículo 27 de los Estatutos del Cuerpo de Bomberos de Penco, las sesiones son secretas, razón por la cual no se cuenta con copia del acta de la misma. En la sesión le consultaron por dos situaciones que estaban siendo investigadas: 1.- La compra de un computador portátil sin autorización de sus superiores y 2.- El uso de una tarjeta de combustible que la concesionaria Ruta del Itata entregó al Cuerpo de Bomberos para uso gratuito, no pagar peajes. Sobre la compra del notebook con recursos de la Institución, el recurrente muestra un egreso de compra, la reversa de ese egreso y la foto del cheque nulo con el que se habría pagado dicho producto, lo que demuestra que la compra se había anulado en forma casi inmediata, por lo que nunca hubo un egreso de dinero de parte de la recurrida. Sobre el uso de la tarjeta de combustible en la Ruta del Itata, Sanfuentes les muestra el Oficio N°123 de la Superintendencia, mediante el cual es el señor Superintendente quien solicita la tarjeta a la Ruta Itata, demostrando que el actor no había realizado d

Fallo

fallo el proceso disciplinario seguido en contra del recurrente son el Sr. Rodrigo González Díaz, el Sr. Desiderio Fuentes Contreras y el Sr. Jorge González Rocha, todos miembros Honorarios de Directorio General de la institución, sin formar parte de la plana administrativa del Cuerpo de Bomberos. La instancia disciplinaria fue presidida por el Honorario del Directorio General Sr. Rodrigo González Díaz puesto que, si bien el Estatuto y el Reglamento encomiendan la presidencia del Consejo Superior de Disciplina al Vice-Superintendente el Cuerpo de Bomberos, solo con derecho a voz, dicha norma no se ha ajustado a la actual redacción del artículo 553 del Código Civil. Por lo anterior, con la finalidad de proteger las garantías reconocidas al bombero voluntario sometido al proceso disciplinario y con miras al respeto de la imparcialidad que sostiene el actuar del órgano disciplinario, se sustrae al Vice-Superintendente y al Secretario General del Cuerpo de Bomberos de la integración del Consejo Superior de Disciplina. Además, el recurrente siempre supo de los cargos que se le formulaban, desde el mismo momento en que fue citado a comparecer ante el Consejo Superior de Disciplina, mediante el Oficio Nro.202/2022 del 26 de marzo de 2022. Tampoco es cierto que no tuvo derecho a defensa por escrito, que no se le comunicaron los plazos, que no tuvo una etapa probatoria, puesto que nunca se le ha privado de presentar minutas o documentos que respaldaran su defensa; es más, el mismo 1 d

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción xsr Concepción, a dos de diciembre de dos mil veintidós. VISTO: En estos autos Rol Corte 56041-2022 comparece deduciendo recurso de protección el abogado Benjamín Fuentes Germany, cédula nacional de identidad N°15.855.199-3, domiciliado en calle San Martín N° 988, oficina E, en Concepción, en favor de Luis Hazael Sanfuentes Escobar, cédula nacional de identidad N°16.763.362-5,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica