10º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP.C/ VÍCTOR HUGO CERÓN GASCA.

Rol

Fecha

2 de diciembre de 2022

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Primero: Que el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento. Segundo: Que, a su vez, el artículo 139 del referido ordenamiento prevé que la prisión preventiva procederá cuando las demás medidas cautelares personales fueren estimadas como insuficientes para asegurar las finalidades del procedimiento, la seguridad del ofendido o de la sociedad. Tercero: Que del mérito de los antecedentes expuestos, aparece que la necesidad de cautela a que se refiere la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal se ve suficientemente satisfecha con las medidas que al efecto contempla el artículo 155 letra a) y d) del mismo cuerpo legal, esto es, arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional, ya dispuesta por el tribunal a quo. Por estas consideraciones y de conformidad, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de treinta de noviembre del año en curso, por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago, respecto del imputado Víctor Hurgo Cerón Gasca. Comuníquese vía interconexión. N° 3322-2022 Penal

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de treinta de noviembre del año en curso, por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago, respecto del imputado Víctor Hurgo Cerón Gasca. Comuníquese vía interconexión. N° 3322-2022 Penal

Texto Completo (Preview)

San Miguel, dos de diciembre de dos mil veintidós. Segunda Sala Zoom Rol: 3322-2022-PENAL RUC: 2201199289-0 RIT: 2629-2022 Tribunal: 10° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Ministro de fe: Andrea Corvalán Sáez Digitadora: Carolina Orellana Medina Ministerio Público: Fabiola Lizama Díaz Defensor: César Contreras González Hora de inicio: 09:21 horas Hora de término: 09:37 horas Imputado: M.P C/VÍCTOR H

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica