JARA/MEZA
Rol
Fecha
6 de diciembre de 2022
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que conforme lo dispone el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, a propósito del procedimiento sumario, la prueba, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. Por su parte, el inciso final del artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, establece que las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha veinticuatro de octubre del año en curso contra la resolución dictada el día catorce de septiembre , y concedido con fecha veintiuno de noviembre de los corrientes. Al folio N°3, estese a lo resuelto. Devuélvase. N°Civil-17.470-2.022.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha veinticuatro de octubre del año en curso contra la resolución dictada el día catorce de septiembre , y concedido con fecha veintiuno de noviembre de los corrientes. Al folio N°3, estese a lo resuelto. Devuélvase. N°Civil-17.470-2.022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (imm) Santiago, seis de diciembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Que conforme lo dispone el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, a propósito del procedimiento sumario, la prueba, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. Por su parte, el inciso final del artículo 90 del Código de Procedimiento Ci
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