REMATES AIDELY SPA/PARQUE AUTOMOTRIZ MALL LO ESPEJO LTDA
Rol
Fecha
5 de diciembre de 2022
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que según lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N°18.101, señala, en su numeral 9° que “sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación”, naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha quince de noviembre del año en curso, y concedido el día veintidós contra la resolución dictada en la audiencia de fecha diez de noviembre de los corrientes. Al folio N°3, estese a lo resuelto. Devuélvase. N°Civil-17.190-2.022.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha quince de noviembre del año en curso, y concedido el día veintidós contra la resolución dictada en la audiencia de fecha diez de noviembre de los corrientes. Al folio N°3, estese a lo resuelto. Devuélvase. N°Civil-17.190-2.022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (imm) Santiago, cinco de diciembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Que según lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N°18.101, señala, en su numeral 9° que “sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación”, naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica