SUMOZA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES.
Rol
Fecha
1 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: Que, en folio 1 comparecen Pablo Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, abogados, quienes recurren de protección a favor de: Janice del Socorro Puerta Lasprilla, colombiana, Niurca del Carmen Sosa, Marilexis Josefina Aular Rivas, Eliangel José García Carrión, Ixtly del Valle Basanta Flores, Ornella Josefina Rodríguez Moreno y el menor de edad Santiago Javier Sumoza López, todos los últimos venezolanos, y con domicilio en Valparaíso, contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente ha omitido resolver las solicitudes de permanencia definitiva de los actores, presentadas entre el 27 de noviembre de 2019 y 7 de febrero de 2022, omisión que conculca su garantía consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Agrega que las solicitudes de los actores se hicieron en las fechas que se indican, siguiendo el mismo orden en que se individualizaron los recurrentes en el párrafo anterior: 7 de febrero de 2022, 15 de febrero de 2021, 27 de enero de 2020, 2 de agosto de 2020, 25 de marzo de 2021, 27 de noviembre de 2020 y 27 de noviembre de 2019, respectivamente. Afirman que dicha omisión ha trasgredido los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880 y con ello la garantía constitucional de igualdad ante la ley de los recurrentes, por lo que solicitan instruir a la recurrida para que se pronuncie sobre las mencionadas peticiones. Acompañan documentos al recurso. Que, en folio 8 evacua su informe el Servicio Nacional de Migraciones, quien solicita el rechazo de la acción cautelar. Refiere que las solicitudes de los 7 actores están en trámite, en distintas fases. En el caso de la actora Janice del Socorro Puerta Lasprilla, su solicitud está en etapa de análisis. En cuanto a Niurca del Carmen Sosa, mediante Resolución Exenta N°21363931 de 7 de diciembre de 2021 se aprobó el avance de la solicitud de permanencia definitiva a la etapa de “Evaluación Intermedia”; para Marilexis Josefina Aular Rivas, fue la
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que, si bien el estado de tramitación de los requerimientos de los actores, tendientes a la obtención de sus permanencias definitivas, se encuentran en estado de “Evaluación Intermedia”, “Análisis Avanzado”, “Análisis Resolutivo” o simplemente en trámite, no es menos cierto que ha existido una dilación excesiva en su tramitación, y,
Fallo
por tanto, implica una omisión ilegal que contraviene los principios de celeridad y conclusivo establecidos en los artículos 7 y 27 de la Ley N° 19.880, conculcando la garantía consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República para ellos, razón por la cual se acogerá esta acción en los términos que se indicarán. Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de protección deducido en favor de Janice del Socorro Puerta Lasprilla, colombiana, Niurca del Carmen Sosa, Marilexis Josefina Aular Rivas, Eliangel José García Carrión, Ixtly del Valle Basanta Flores, Ornella Josefina Rodríguez Moreno y el menor de edad Santiago Javier Sumoza López, contra el Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto se ordena al recurrido que, en el plazo de sesenta días corridos, se pronuncie sobre las solicitudes de permanencia definitiva de los actores. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. No sujeta a anonimización. N°Protección-133699-2022. En Valparaíso, uno de diciembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, uno de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS: Que, en folio 1 comparecen Pablo Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, abogados, quienes recurren de protección a favor de: Janice del Socorro Puerta Lasprilla, colombiana, Niurca del Carmen Sosa, Marilexis Josefina Aular Rivas, Eliangel José García Carrión, Ixtly del Valle Basanta Flores, Ornella Josefina
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