HERRERA MOLINA JULIAN/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
1 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que mediante formulario, se dedujo acción de amparo a favor de Julián Nicolás Herrera Molina, recluido en el CCP colina I, en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó conceder el beneficio de Libertad Condicional al amparado. Segundo: Que, evacúa informe la señora Olga Alarcón Bustamante, Secretaria de la Comisión de Libertad, indicó que la Comisión resolvió el 24 de octubre último rechazar por unanimidad la concesión del beneficio impetrado, dado que si bien se cumplen los requisitos de los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley N°321, existen factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgar el beneficio solicitado. Refiere que la anterior decisión se adoptó luego de revisar los antecedentes del interno contenidos en la postulación remitida por Gendarmería, integrada por el “Formulario Consolidado de Postulación”, copia de la sentencia expedida en su contra, e “Informe de Postulación Psicosocial. Al transcribir parte de la resolución, se destaca que en ella se expone: “En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que, si bien desde un punto de vista conductual ha demostrado capacidad de adaptación al medio intramuros, evitando conflictos con el resto de la población penal logrando así mantener una adecuada conducta, presenta un riesgo de reincidencia alto, con necesidades de intervención en las áreas asociación a pares infractores, actitud-orientación procriminal y patrón antisocial. En este sentido, no es menor considerar que, cumpliendo una condena anterior finalizó su plan de intervención individual, sin perjuicio de lo cual reincide en la actividad delictual y, aplicado el Inventario para la Gestión de Caso/Intervención el año 2021, nuevamente se ubica en el tramo alto de riesgo, lo que da cuenta de arraigo criminógeno y explica la ausencia de conciencia de delito y daño que
Fundamentos
fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por unanimidad rechazar la libertad condicional del amparado tienen relación con que, si bien éste cumple con los requisitos de tiempo mínimo y muy buena conducta, presenta factores de riesgo que implican posibilidades de reincidencia, pues presenta un riesgo de reincidencia alto, con necesidades de intervención en las áreas asociación a pares infractores, actitud-orientación procriminal y patrón antisocial. Agrega el informe que, cumpliendo una condena anterior finalizó su plan de intervención individual, sin perjuicio de lo cual reincide en la actividad delictual y, aplicado el Inventario para la Gestión de Caso/Intervención el año 2021, nuevamente se ubica en el tramo alto de riesgo, lo que da cuenta de arraigo criminógeno y explica la ausencia de conciencia de delito y daño que evidencia al ser evaluado en el presente proceso de postulación Así, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista se puede concluir que la recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley N° 321, modificado por la Ley N° 21.124, denegó la concesión de libertad condicional, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que se haya incurrido en un acto que pueda estimarse ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó; sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso interpuesto en favor de Julián Nicolás Herrera Molina en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. N°Amparo-4263-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, uno de diciembre de dos mil veintidós. IC 4263-2022 Vistos y teniendo presente: Primero: Que mediante formulario, se dedujo acción de amparo a favor de Julián Nicolás Herrera Molina, recluido en el CCP colina I, en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó conceder el beneficio de Libert
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