MADARIAGA MORALES DANIEL ANDRES/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
1 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que mediante formulario, se dedujo acción de amparo a favor de Daniel Andrés Madariaga Morales, recluido en el CDP Santiago Sur, en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó conceder el beneficio de Libertad Condicional al amparado. Segundo: Que, evacúa informe la señora Olga Alarcón Bustamante, Secretaria de la Comisión de Libertad, indicó que la Comisión resolvió el 24 de octubre último rechazar por unanimidad la concesión del beneficio impetrado, dado que si bien se cumplen los requisitos de los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley N°321, existen factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgar el beneficio solicitado. Refiere que la anterior decisión se adoptó luego de revisar los antecedentes del interno contenidos en la postulación remitida por Gendarmería, integrada por el “Formulario Consolidado de Postulación”, copia de la sentencia expedida en su contra, e “Informe de Postulación Psicosocial. Al transcribir parte de la resolución, se destaca que en ella se expone: “En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante es un interno de mediano compromiso delictual, reincidente y que arroja un riesgo de reincidencia Alto, aplicando el instrumento IGI. Se aprecia una clara tendencia al delito, manifestada en las cogniciones que promueven la actividad delictual, se aprecia disminuido arrepentimiento de los delitos cometidos, así como su tendencia a justificar los hechos delictuales, desde la necesidad, con una disminuida empatía. Se aprecia actitudes desfavorables a la condena, significándola como injusta, y convenciones sociales, devaluadas por el sujeto, determinando una disminución ética, pasando a un desarrollo moral convencional. En relación con su disposición al cambio, si bien hay motivación de cambio de conducta transgresora, el sujeto se encuentra “conte
Fundamentos
fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por unanimidad rechazar la libertad condicional del amparado tienen relación con que, si bien éste cumple con los requisitos de tiempo mínimo y muy buena conducta, presenta factores de riesgo que implican posibilidades de reincidencia, ya que se trata de un interno de mediano compromiso delictual, reincidente y que arroja un riesgo de reincidencia Alto, con una clara tendencia al delito, manifestada en las cogniciones que promueven la actividad delictual, se aprecia disminuido arrepentimiento de los delitos cometidos, así como su tendencia a justificar los hechos delictuales, desde la necesidad, con una disminuida empatía Así, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista se puede concluir que la recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley N° 321, modificado por la Ley N° 21.124, denegó la concesión de libertad condicional, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que se haya incurrido en un acto que pueda estimarse ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó; sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso interpuesto en favor de Daniel Andrés Madariaga Morales, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. N°Amparo-4261-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, uno de diciembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que mediante formulario, se dedujo acción de amparo a favor de Daniel Andrés Madariaga Morales, recluido en el CDP Santiago Sur, en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó conceder el beneficio de Libertad Cond
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