10º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES LAEJ LIMITADA/CAMPOS

Rol

Fecha

2 de diciembre de 2022

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N° 18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, el veintisiete de octubre del año en curso, en contra de lo pertinente de la resolución dictada el veintiuno del mismo mes y año. Devuélvase, vía interconexión. N°Civil-17012-2022.mst

Fallo

se decide: Al folio N° 3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N° 18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, el veintisiete de octubre del año en curso, en contra de lo pertinente de la resolución dictada el veintiuno del mismo mes y año. Devuélvase, vía interconexión. N°Civil-17012-2022.mst

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dos de diciembre de dos mil veintidós. Sin perjuicio de advertir esta Sala Tramitadora un error en la resolución del tribunal a quo que concede el recurso, en cuanto a la correcta indicación del año de la resolución recurrida, a fin de no dilatar su tramitación, se decide: Al folio N° 3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto

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