SIN INFORMACION

CEPHACILE / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

30 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Tomás Guillermo Matheson Mujica en representación de Huguens Cephacile, de nacionalidad haitiana, ambos domiciliados para estos efectos en Club Hípico Nº 4676, piso 7 B, comuna de Pedro Aguirre Cerda, para deducir recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Eduardo Thayer Correa, ambos domiciliados en San Antonio N°580, comuna de Santiago, pues sostiene que se incurrió en una afectación ilegal y arbitraria de su derecho fundamental consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al omitir pronunciarse sobre la visa de permanencia definitiva solicitada. Explica que su representado solicitó el permiso referido el 13 de julio de 2020 y que a la fecha no se ha dictado el acto terminal respectivo, lo que lo mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre, vulnerándose el derecho a la igualdad ante la ley en virtud de lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en especial el principio de celeridad que debe regir en el actuar de la autoridad pública. Pide que se ordene al organismo recurrido otorgar a la brevedad el acto administrativo terminal respectivo. Segundo: Que informan al tenor del recurso Antonio Henríquez Beltrán y Stephanie Pinto González, abogados del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando su rechazo y alegando la improcedencia de la condena en costas. Indican que mediante comunicación electrónica Folio N° 16274836 de 25 de junio de 2021 se informó a la parte recurrente que su solicitud se encontraba incompleta, la que fue subsanada el 06 de marzo de 2022, de forma tal que actualmente se encuentra en etapa de resolución. Afirman que estando en tramitación la solicitud, el recurrente mantiene situación migratoria regular en el territorio nacional, su cédula de

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, el recurso de protección deducido en favor de Huguens Cephacile en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Nº 22.832-2022 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, treinta de noviembre de dos mil veintidós. Al folio 7: A lo principal: Téngase presente. Al otrosí: A sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Tomás Guillermo Matheson Mujica en representación de Huguens Cephacile, de nacionalidad haitiana, ambos domiciliados para estos efectos en Club Hípico Nº 4676, piso 7 B, comuna de Pedro Aguirre Cerda, para

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