PARDO/EJÉRCITO DE CHILE
Rol
Fecha
29 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Jorge Enrique Delgado Gunckei, abogado en representación de don Jaime Alejandro Pardo Muñoz, en contra del Ejército de Chile, por el acto u omisión arbitraria o/e ilegal en que se habría incurrido, cuyas consecuencias han sido la privación, perturbación y/o amenaza de los derechos fundamentales consagrados en el artículo 19 números 2 y 3 inciso 5 de la Constitución Política de la República, al disponerse la sanción de su representado, por graves faltas a la disciplina. Señala como acto recurrido la Resolución Exenta CJE sc, E AJ (R) Nº 1590/150/53 de 11 de enero de 2022, que rechaza el recurso administrativo de apelación ante el Comandante el Jefe del Ejército, en contra de lo resuelto en su instancia por el Comandante de Educación y Doctrina, confirmando a su vez la resolución sancionatoria impugnada de 05 días de arresto con servicio y -2,50 puntos en el Concepto NO1 "Cumplimiento del Deber”. Refiere que el hecho por el cual se le sanciona, según la resolución impugnada, es por la falta a la disciplina cometida al salir desde el cuartel los días sábado 18 y domingo 19 de abril de 2020, encontrándose en condición de acuartelamiento de segundo grado decretado por la Institución, entregando en la guardia del Campo Militar La Reina, dos tarjetas de salida que confeccionó valiéndose de un escáner particular y utilizando como matriz una tarjeta válida correspondiente al día sábado 11 de abril de 2020, la que contaba con la firma auténtica del Director de la Academia de Guerra, acción que ejecutó de forma consciente, premeditada y voluntariamente en atención a que no tramitó los documentos correspondientes y dispuestas para la ocasión, hecho que negó en reiteradas oportunidades, tanto antes como durante la sustanciación de la investigación sumaria administrativa dispuesta, involucrando a terceros en su afán de eludir responsabilidades. Indica que, el acto administrativo impugnado, no resuelve el recurso de invalidac
Fallo
Por estas razones y de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema pertinente a la materia, se rechaza sin costas la acción de protección deducida por Jaime Alejandro Pardo Muñoz en contra del Ejército de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Nº Protección-1085-2022.-
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintinueve de noviembre de dos mil veintidós. A los folios N° 17 y 18: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Jorge Enrique Delgado Gunckei, abogado en representación de don Jaime Alejandro Pardo Muñoz, en contra del Ejército de Chile, por el acto u omisión arbitraria o/e ilegal en que se habría incurrido, cuyas consecuencias han sido la privac
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