SIN INFORMACION

JUAN GARCÍA CASANOVA / ALONDRA CONCHA VALENZUELA

Rol

Fecha

29 de noviembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 31 de agosto de 2022, comparece el abogado Nicolás Garrido Grove, en representación de Juan Pablo García Casanova, estudiante, domiciliado en calle Puerta del Sol N°76, oficina 1706, comuna de Las Condes, para interponer acción constitucional de protección en su favor, en contra de Alondra Maya Concha Valenzuela, estudiante, domiciliada en Salesianos N°1190, departamento 305, comuna de San Miguel, con motivo de la “funa” en redes sociales que esta última ha ejecutado, causándole actual perturbación al derecho consagrado en el artículo 19 N°4 de la Constitución Política de la República. Explica que el 10 de septiembre del 2021, la recurrida en su red social Instagram publicó afirmaciones difamatorias en contra del recurrente, acusándolo de haber abusado sexualmente de ella y manifestando su intención de que otras personas conozcan estos hechos a fin de que no se repitan. Plantea que dichas publicaciones se encuentran vigentes en dos secciones de su red social Instagram, historias y publicaciones, cuestión que se ha protocolizado ante notario para mayor certeza en cuanto a las fecha, afirmando que la publicación injuriosa y calumniosa es una realidad objetiva e indiscutible, como también la intención de “funar” y denostar la honra y reputación del recurrente, insertando en su recurso extracto de éstas. Precisa que a dichas publicaciones se acompañó una fotografía del recurrente, con indicación de la universidad donde estudia. Agrega que el perfil de Instagram de la recurrida está abierto al público, de manera que es accesible para cualquier persona y que 299 personas le han dado “me gusta” a estas afirmaciones, causando un enorme daño a la reputación y honra de su representado. Señala que a raíz de estos hechos no se ha presentado denuncia o querella en contra de su mandante, argumentando que el obrar de la recurrida es ilegal y arbitrario por constituirse en un acto de autotutela, que ha causado daño y afectación a la ho

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de protección deducido por Juan Pablo García Casanova en contra de Alondra Maya Concha Valenzuela. Regístrese, notifíquese, y en su oportunidad archívese. N° 21160 – 2022 Protección

Texto Completo (Preview)

Certifico que se anunciaron y alegaron en la Cuarta Sala, por el recurso de protección Carlos Fernández Villablanca y contra el mismo la abogada Jennifer Franco Gaete. San Miguel, 29 de noviembre de 2022. Florencia Saez Bugmann, relatora. San Miguel, veintinueve de noviembre de dos mil veintidós. A los folios 21 y 22: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 31 de agosto de

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