RODRIGUEZ / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
29 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, se deduce recurso de protección en favor de Yandry Alfredo Rodríguez Mendoza, de nacionalidad ecuatoriana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y Policía de Investigaciones de Chile, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento de la orden de expulsión del país, tras haber efectuado el 11 de abril del 2022 la declaración voluntaria de ingreso clandestino por medio de la página web de Policía de Investigaciones; obteniendo tarjeta de identificación de extranjero infractor. Arguye que dicha omisión afecta sus garantías fundamentales establecidas en el artículo 19 N°2 y 3 de la Constitución Política de la República y lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley N°19.880. Pide que se ordene a la recurrida que se pronuncie sobre la petición de la recurrente, con costas. A folio 8, se prescinde del informe solicitado a las recurridas y se trajeron los autos en relación. A folio 10, indica la Policía de Investigaciones, señalando que el recurrente mantiene una denuncia por paso no habilitado al territorio nacional, mediante Informe Policial N°5467 de fecha 28 de abril de 2022, sin embargo, no tiene facultad para pronunciarse respecto de la resolución de la denuncia por paso no habilitado, sino que dicha facultad se encuentra arraigada conforme a la Ley N°21.325 de Extranjería y Migración al Servicio Nacional de Migraciones. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, por la vía del presente recurso de protección, se cuestiona el actuar del Servicio de Migraciones y Policía de Investigaciones, consistente en la omisión en el pronunciamiento por parte de las recurridas respecto de la dictación del decreto de expulsión del actor. Segundo: Que, la expulsión del territorio nacional se encuentra regulada en los artículos 126 y siguientes de la Ley 21.325, estableciéndose en el artículo 126 de la ley antes citada que “La medida de expulsión puede ser decretada por resolución fundada de la autoridad administrativa correspondiente, o por el tribunal con competencia penal, de conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico y, en especial, con lo dispuesto en la ley Nº 18.216, que establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad”. Tercero: Que, atendido lo expuesto anteriormente, se desprende que la expulsión constituye una facultad de la autoridad administrativa y, en el evento que la recurrida decida ejercerla, debe efectuarlo conforme al procedimiento correspondiente; en consecuencia, no existe omisión alguna arbitraria e ilegal que vulnere el derecho que la recurrente estima conculcado.
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, el recurso de protección deducido en favor de Yandry Alfredo Rodríguez Mendoza en contra del Servicio Nacional de Migraciones y Policía de Investigaciones de Chile. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Protección-133180-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintinueve de noviembre de dos mil veintidós. Vistos: A folio 1, se deduce recurso de protección en favor de Yandry Alfredo Rodríguez Mendoza, de nacionalidad ecuatoriana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y Policía de Investigaciones de Chile, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento de la orden de expulsión del país, tras haber efectu
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