JOHN MACAREWICH COBIN / COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
29 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Que a folio 1 comparece Marcelo Escobar Soto, abogado, en representación de John Macarewich Covin, estadounidense, actualmente recluido en el Centro de Detención Preventivo de Casablanca, quien deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso, por haberle denegado el beneficio de libertad condicional, pese a cumplir con los requisitos para ello. Señala que producto de una situación ocurrida en el marco del conocido como “estallido social” su representado fue condenado a una pena privativa de libertad de 6 años y un día, de la que ha cumplido la mitad. Refiere que el amparado se ha dado el tiempo de enseñar el idioma inglés a otros internos, cumpliendo con certificaciones laborales y educacionales, exigidas por los artículos 2° N°3 y 4 del D.L. N°321. En cuanto al requisito del artículo 2° N°2, cumplió con observar una buena conducta los tres bimestres anteriores a su postulación. En virtud de ello, solicita que se otorgue al actor el beneficio de cumplir bajo el régimen de libertad condicional el saldo de la pena que actualmente sirve. A folio N°4 informa el Ministro Sr. Pablo Droppelmann Cuneo, Presidente (S) de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones, indicando que el actor no fue postulado al beneficio de libertad condicional el presente segundo semestre de 2022, conforme a los listados remitido por la Dirección Regional de Gendarmería de Chile. A folio N°5 informa el Alcaide del Centro de Detención Preventiva de Casablanca, quien indica que el recurrente ingresó a dicho penal el 7 de octubre pasado proveniente del CP de Rancagua, y no fue postulado al beneficio de libertad condicional porque no cumple con los requisitos del Decreto 338 artículo 3° letra b) principalmente, las 4 notas MB. A folio N°6, se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Que de lo expuesto por la recurrida, aparece que el actor no cumplió con los requisitos para postular al beneficio de libertad condicional, toda vez que no contaba con los 4 bimestres con conducta calificada como muy buena. De acuerdo a ello, no existe un acto ilegal por parte de las recurridas, en el caso de Gendarmería por no cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N°321 para poder postular al beneficio de libertad condicional, y en el caso de la Comisión de Libertad Condicional, por no pesar sobre ella la obligación de referirse a la situación del actor, al no haber sido postulado.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de John Macarewich Covin, contra la Comisión de Libertad Condicional de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso y Gendarmería de Chile. Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2399-2022. En Valparaíso, veintinueve de noviembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintinueve de noviembre de dos mil veintidós. VISTO: Que a folio 1 comparece Marcelo Escobar Soto, abogado, en representación de John Macarewich Covin, estadounidense, actualmente recluido en el Centro de Detención Preventivo de Casablanca, quien deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima C
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